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Orlando PulvirentiTemarioTASAS MUNICIPALES – AUTONOMÍA MUNICIPAL – PODER TRIBUTARIO LOCAL – INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE – HECHO IMPONIBLE – CARGA DE LA PRUEBA – COSTO DEL SERVICIO - PROPORCIONALIDAD CON EL SERVICIO. CV autor Orlando Pulvirenti– Abogado y escribano egresado de la Universidad Nacional de La Plata– Maestría en Leyes en la Universidad de Miami.– Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires.– Docente de la Escuela de Abogados del Estado y de la Procuración del Tesoro, y de la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Por José Luis CeteriAnálisis del fallo: Cannon Puntana Sociedad Anónima c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de certezaDatos del autor: José Luis CeteriContador Público y Periodista Económico (UBA) .Profesor de posgrado de las Facultades de Ciencias Económicas de Universidad de Buenos Aires y Nacional de La Plata Editor en El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.Autor de diversos libros de la especialidad y colaborador y columnista en Cronista Comercial y Clarín Económico.

GERARDO RAUL MOSQUERA Temario¿Un solo testigo puede probar un despido?¿Qué pasa cuando nadie más estaba allí?¿Puede la propia víctima ser la única fuente directa de prueba?Perspectiva de género: ¿cambia las reglas de la prueba?CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

JULIA COMOGLIOTEMAS:-El cruce entre tecnología, patrimonio, género y Derecho de las Familias-Criptoactivos y régimen patrimonial del matrimonio. Decisiones financieras y asimetría informativa-Liquidación de la sociedad conyugal -Expansión tecnológica y desigualdades sociales preexistentes -Tecnologías y finanzas: brecha de género-Ley 27.736 a y Ley 26.485-Desafíos pendientes: la dimensión económica de la violencia digital-Respuestas judiciales en tiempo oportuno. Criptoactivos y actuación temprana. Art. 722 CCyCN -Alfabetización digital, tecnológica y financiera con perspectiva de género dirigida a prevenir violencias económicas y patrimoniales en entornos digitales -Art. 709 CCyCN e impulso oficioso: mirada crítica de la excepción establecida respecto de los asuntos de naturaleza exclusivamente económica cuando las partes son personas capacesCVAbogada (UNSJ). Magister y Especialista en Derecho de las Familias (UNCUYO), Especialista en Derecho Procesal Civil (UCCUYO), Maestranda en Derecho y Estado Digital (UCh). Docente de Derecho Privado I y Derecho de las Familias (UNSJ)

CLAUDIA PORTILLOTEMAS:-EJE 1. Artículos 2 y 17 de la nueva normativa. Procesos excluyentes y prevención. Necesidades particulares de Niños, Niñas y Adolescentes. Procesos de conocimiento y búsqueda de la identidad de origen. Acompañamiento del Estado. Funciones del Registro de Adoptantes-EJE 2. Artículo 6 de la normativa: designación de Abogado/a del Niño/a. Discusiones doctrinarias -EJE 3. Artículos 7 y 13. Concordancia con el Código Civil y Comercial de la Nación. Plazo de 90 días para resolver el pedido de situación de adoptabilidad de los Servicios Locales/Zonales intervinientes. Derecho humano a ser y vivir en familia-EJE 4. Artículo 19. Vinculación entre adultos/as y niños/as como proceso relevante y fundante. Importancia de acompañamiento profesional. Incorporación del plazo de hasta 3 meses, con posibilidad de prórroga fundadaCV Abogada. Magister y Especialista en Derecho de Familia. Docente universitaria. Se desempeñó como Directora del Registro Central de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción de la Provincia, dependiente de la SCJBA. Actualmente es Jueza de Familia del Departamento Judicial de La Plata.

Martín SabadiniHoy vamos a analizaren detalle un fallo sumamente relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación queabre un debate técnico, médico y legal de enorme impacto en el derecho a la salud: el caso"G. B., R. contra OSDE sobre amparo de salud" [1].En esta causa se discute algo que vemos a diario en la práctica profesional: ¿puede unaobra social o empresa de medicina prepaga sustituir un medicamento importado de altísimocosto por una alternativa de fabricación nacional con los mismos componentes activos [10]?Hoy te contamos la historia de este amparo, la sentencia de la Corte y, fundamentalmente,tres claves que definieron este expediente: lo que verdaderamente dijo el Cuerpo MédicoForense, el llamativo silencio del médico tratante y las exigencias de bioequivalencia de laANMAT [3, 11, 12].Bloque 2: El Origen de la ControversiaPara ponernos en contexto, la amparista, inicialmente menor de edad representada por sumadre, padece fibrosis quística e inició esta acción en el año 2017 para que OSDE lecubriera su medicación [1]. En el año 2020, solicitó la provisión de una terapia triplemoduladora importada, conocida comercialmente como "Trikafta", compuesta por las drogasElexacaftor, Tezacaftor e Ivacaftor, aprobada por la FDA estadounidense [1].A título cautelar, la justicia ordenó la provisión de este fármaco, importándose bajo el régimende uso compasivo de la ANMAT [1]. Sin embargo, la situación cambió cuando la ANMATautorizó en el país la comercialización de "Trixacar", un medicamento de fabricación nacionalque contiene exactamente esos mismos principios activos [2, 10].Ante esto, OSDE pidió sustituir la marca del medicamento provisto, ofreciendo la opciónnacional [2]. Tanto el juez de primera instancia como la Sala I de la Cámara Civil y ComercialFederal rechazaron este pedido, ordenando mantener la cobertura total de la marcaimportada Trikafta [2, 3]. Para decidir esto, la Cámara consideró determinante un argumento:la supuesta falta de estudios de bioequivalencia de la opción nacional frente a la importada[3]. Pero la Corte Suprema consideró que esta decisión fue arbitraria [11, 15]. Veamos porqué.Bloque 3: ¿Qué Dijo Realmente el Cuerpo Médico Forense?El primer punto crucial que destaca la Corte es que la Cámara realizó una valoraciónsesgada y parcial del dictamen del Cuerpo Médico Forense del 17 de agosto de 2023 [3, 11].Es cierto que el Cuerpo Médico Forense remarcó que la amparista había mejorado de formanotable con la medicación importada [11]. Sin embargo, su conclusión técnica y central nofue que ese era el único medicamento viable [11]. Al contrario, el informe médico forensedeterminó expresamente que, desde un punto de vista estrictamente pericial, no existíaninguna contraindicación médica para sustituir el medicamento importado Trikafta por elnacional Trixacar [3, 11]. El dictamen explicaba que ambos poseían la misma composición dedrogas moduladoras [3, 11].Además, la pericia mencionaba que profesionales del Hospital María Ferrer describíanresultados similares entre ambos medicamentos [3]. La Cámara se aferró a la mención deque Trixacar no poseía estudios de bioequivalencia para rechazar la sustitución, omitiendo laconclusión principal del perito médico oficial de que la sustitución era viable y segura [3, 11].Bloque 4: El Silencio del Médico TratanteY aquí llegamos al segundo gran pilar del fallo de la Corte: la falta de respuesta y el silencioen el expediente [12, 13].Durante el trámite judicial, la Cámara dictó una medida para mejor proveer [12]. Esto es, unamedida para aclarar dudas antes de dictar sentencia [12]. El tribunal le ordenó expresamentea la actora que su médico tratante especificara e informara de manera justificada si la terapiadebía ser inevitablemente de la marca importada Trikafta o si podía intercambiarse con lanacional Trixacar [12].Y lo más importante: dado que constaba en la causa que la paciente ya había recibidotratamiento con el medicamento nacional Trixacar durante el mes de febrero de 2022, se lesolicitó al médico que aclarara si la paciente había sufrido algún tipo de desmejoría oestancamiento de salud durante ese período, debiendo acompañar documentaciónrespaldatoria [12, 13].¿Qué pasó con este requerimiento judicial? La actora y su médico tratante nuncarespondieron [12]. Hubo un silencio absoluto frente a una consulta que resultaba crucial pararesolver la controversia [12, 13]. La Corte señaló que este silencio fue ignorado por laCámara, la cual dictó sentencia sin contar con esa aclaración fundamental, a pesar de estaracreditado que la paciente ya había tomado el medicamento nacional [12, 13].La Bioequivalencia y el CierreFinalmente, la Corte analizó el argumento de la bioequivalencia [14]. La Cámara habíadescalificado el medicamento nacional por la supuesta ausencia de estos estudios, pero laCorte deparó que esa exigencia no tenía respaldo normativo [14, 15]. Los principios activosinvolucrados no se encuentran listados por la ANMAT dentro de los ingredientesfarmacéuticos activos que requieren obligatoriamente de estudios de bioequivalencia para sucomercialización en Argentina [14]. La ANMAT, como órgano regulador y científicocompetente, aprobó el producto nacional para su uso seguro en nuestro país sin estaexigencia [14, 15].Por todo esto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja de lademandada, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de laCámara por considerarla arbitraria, ordenando que se dicte un nuevo fallo con arreglo a lasconstancias de la causa [15, 16].Este fallo nos deja una enseñanza clave para los profesionales del derecho a la salud: losamparos no pueden basarse en respuestas dogmáticas o preferencias sin sustento fáctico. Elrol y la respuesta activa del médico tratante son indispensables para justificar técnicamentepor qué una marca comercial es insustituible. Si no hay fundamentos médicos concretos nirespuestas a los requerimientos del tribunal, la sustitución por la alternativa nacionalaprobada por la autoridad regulatoria se presenta como una opción jurídicamente válida.CV Abogado consultor en derecho y protección de la salud inclusiva

Gerardo Raúl Mosquera1. ¿Puede un juez imponer el pago en cuotas aunque el trabajador se oponga?.2. ¿Alcanza con actualizar el crédito o el trabajador tiene derecho a disponer de todo el dinero inmediatamente?-.3. ¿Quién decide cómo se cobra una sentencia: el empleador, el juez o el trabajador como verdadero titular del crédito?4. ¿Cuándo el pago en cuotas podría justificarse y cuándo debería estar absolutamente excluido?CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Anibal CuadradoTemario: Introducción, definiciones, ámbito de aplicación, principios y garantías fundamentales, herramientas, conclusiones y ausencias.CV resumido: Aníbal Cuadrado. Abogado laboralista. Especialista en Derecho del Trabajo con título extendido por la Universidad Nacional de Rosario. Docente Universitario de grado y posgrado en la Universidad Nacional de Rosario, docente invitado de posgrado en la Universidad Nacional del Litoral y otras universidades públicas y privadas. Coordinador y docente de los cursos de posgrado del Derecho del Trabajo. Representante y asesor de Asociaciones Sindicales de primer y segundo grado, con exclusividad profesional en conflictos de Derecho del Trabajo a nivel Individual y Colectivo. Miembro académico del Foro Federal del Trabajo, Secretario Académico de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo (Filial Rosario) y miembro del Grupo de Estudios de Derechos Sociales. Autor del libro “Procedimientos ante Comisiones Médicas” y de diversos artículos de doctrina y Conferencista en numerosas actividades académicas del Derecho Laboral

GERARDO RAUL MOSQUERA 1. Aplicación del Derecho de Familia a las sentencias laborales.2. El caso “Leoni” y las nuevas medidas contra el deudor laboral.3. Crédito laboral y crédito alimentario: una misma finalidad protectora.4. Medidas innovadoras para lograr que una sentencia se cumpla.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Devia, LeilaTemarioComentario sobre la nueva resolución de la ONU sobre Rendición de cuentas en materia climática - Aplicación del derecho internacional del ambiente - Opiniones consultivas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para abordar verdaderos cambios estratégicos en el campo de la justicia ambientalCV: Doctora en Ciencias Jurídicas Universidad del Salvador, Especialista en Derecho de los Recursos Naturales de la UBA. Jefe Departamento Basilea INTI. Titular de la Cátedra de Derecho de los Recursos Naturales y Protección Ambiental, Facultad de Derecho UBA.

Aníbal PazComentario al decreto 612/2026 - Cálculo de aportes sindicales.CV Autor* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.* Asesoría en asuntos Universitarios: gremios y federaciones docentes, negociación paritaria generales y particular, convenio colectivo, derechos docentes, concursos, elecciones de claustro, sumarios, etc. Asesor de Universidades y obras sociales universitarias. También sectores Preuniversitario y No Docente. Procesos electorales sindicales.* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto* Experiencia en la administración pública como consultor;* Profesional responsable de websites y redes sociales jurídicos

Mosquera, Gerardo Raúl1. El fallo "Días Olivera" (San Juan) y la aplicación de la ley vigente al momento de la celebración del contrato de trabajo.2. La ultraactividad de las leyes derogadas por la Ley Bases 27.742 y la Ley 27.802: ¿continúan aplicándose a los contratos celebrados con anterioridad?3. La subsistencia de las indemnizaciones agravadas frente a la reforma laboral.4. El fallo "Garzón" de la Suprema Corte de Justicia de Jujuy y el debate sobre la naturaleza jurídica de las indemnizaciones agravadas.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Mosquera, Gerardo RaúlTemarioEl fin del papel y el nuevo control digital del trabajo.El FAL y el cambio en el pago de indemnizaciones.El blanqueo laboral y sus beneficios para empleadoresCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

RODRIGO MORABITO:TEMAS:Facultades de la jurisdicciónAbordaje del poder de veto del Ministerio Público FiscalConsideración de los artículos en los cuales la figura del Fiscal se robustece en determinadas intervenciones con poder de veto sobre cuestiones fundamentales para el/la adolescente en conflicto con la ley penalTensiones constitucionales y convencionalesArtículo 11: facultades de la jurisdicción para reemplazar la pena. Conformidad fiscalArtículo 19: libertad condicional. Conformidad fiscal. La posibilidad de reintegración social, en jaqueArtículo 42: mediación penal juvenil. Oposición vinculante del fiscal. Afectación a principios fundamentales desde la obligada perspectiva de Derechos Humanos de las personas menores de edadArtículo 43: Probation y conformidad fiscal para acceder a suspensión del proceso a prueba. Principios de mínima intervención, excepcionalidad de la privación de libertad y acceso de medidas alternativas, en tensiónCV: Juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de la Provincia de Catamarca

MARISA HERRERATEMAS:Derecho de las Familias e InterdisciplinaEntornos digitales y nuevos desafíos. Diseño de plataformas destinadas a niños, niñas y adolescentes como personas hipervulnerablesTecnologías de Reproducción Humana Asistida. Responsabilidad de centros médicos. Fecundación y filiación post mortem. Gestación por sustitución. Triple filiación. Inseminación caseraFiliación socioafectiva como causa filial autónoma. Código de las Familias cubano: filiación socioafectiva y proceso judicial como solución jurídica para planteos novedososIncumplimiento del deber alimentario como violencia en clave de niñeces y de género. Artículo 537 del CCyCN y nuevos obligados alimentariosCV: Doctora en Derecho (UBA). Investigadora Independiente del CONICET.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADO - MEDIADORTemario1. PER, RIFL y FAL: diferencias y funcionamiento.2. Beneficios e incentivos para la contratación y regularización laboral.3. Reducción de contribuciones y financiamiento de la seguridad social.4. Fraude laboral, sustitución de trabajadores y controles estatales.5. ¿Generación de empleo genuino o transformación del modelo de protección laboral.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Mosquera, Gerardo RaúlTorres Abad y el límite constitucional al control médico laboralEl nuevo art. 210 LCT bajo sospecha de inconstitucionalidadDatos sensibles, licencias médicas y privacidad del trabajador¿Puede el empleador exigir conocer tu diagnóstico?El derecho a ser dejado en paz en las relaciones laboralesControl patronal versus dignidad humana: el gran debate laboralCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Dr. Sergio LoisTemas principalesEl intercambio telegráfico luego de la Ley de Modernización Laboral.Planteos de inconstitucionalidad ante la afectación de derechos y garantías.La confección de demandas.CVAbogado por la Universidad Nacional de La Matanza. Maestrando en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales por la UNTREF.Escritor de diversos artículos sobre derecho individual y colectivo del trabajo. Coautor del libro “La nueva práctica del teletrabajo” por Ediciones DyD (2020).Coautor del libro «Medidas autosatisfactivas: teoría y práctica» por la Editorial Visión Jurídica (2021). Autor del libro Medidas Cautelares por Ediciones DyD .Coautor del libro Derecho Procesal Electrónico por Ediciones D y D (2023).Disertante. Miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.

Mosquera, Gerardo RaúlLa suspensión masiva de la Ley 27.802 por el juez OjedaLa ofensiva del Estado: inhibitoria, conflicto de competencia y per saltum ante la CorteEl levantamiento del efecto suspensivo y el planteo de nulidad de la decisiónCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Mosquera, Gerardo RaúlEn este episodio hablamos de:Sentencia de la SCBA. "MINISTERIO DE TRABAJO C/ RAPPI ARG S.A.S. S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA - CAUSA. L-128287• El fallo que confirmó la multa a Rappi por trabajo no registrado• El debate sobre si los repartidores son empleados o autónomos• El rol del algoritmo como forma de control laboral• La geolocalización y el monitoreo constante de los trabajadores• Cómo las plataformas fijan precios y condiciones• Las sanciones encubiertas dentro del sistema digital• La aplicación del principio de primacía de la realidad• El rol del Ministerio de Trabajo en estos casos• El impacto del fallo en el futuro del trabajo en plataformas• Las tensiones con la Ley 27.802CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Jorge Oscar RossiMediante la Disposición 377/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial se sustituyó el Anexo de la Resolución 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, incorporándose nuevos supuestos de cláusulas que no pueden incluirse en los contratos de consumo.CVDoctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista.

Mosquera, Gerardo RaúlTEMAS DEL PODCAST1. Acción colectiva de la CGT y legitimación sindical.2. Suspensión cautelar de más de 80 artículos.3. Verosimilitud del derecho y control de constitucionalidad.4. Peligro en la demora y daños irreparables.5. Principios aplicados: pro homine, progresividad y tutela del trabajador.6. Restablecimiento del principio protectorio y presunción laboral.7. Límites a la flexibilización: ius variandi, jornada, banco de horas y vacaciones.8. Protección del crédito laboral: indemnización, antigüedad, salario y sanciones.9. Defensa de la responsabilidad empresarial, fuero laboral y derecho de huelga.10. Impacto estructural: seguridad jurídica, paz social y carácter provisorio de la medida.

Mosquera, Gerardo Raúl1. Inconstitucionalidad del pago en cuotas en “Ceballos c/ Iris y Energía” (Cámara del Trabajo de Córdoba, Sala 7)Inconstitucionalidad del pago diferido en “Buteler c/ Tire Cor” (Cámara del Trabajo de Villa María)Inconstitucionalidad del pago en cuotas en “Burgos c/ Consorcio de Propietarios” (JNT N° 21, Capital Federal)Régimen de tasas de interés (arts. 54 y 55)Inconstitucionalidad del art. 55 en “Burguera c/ Peterlana” (Tribunal de Trabajo II de La Plata)Inconstitucionalidad del art. 55 en “Oliva c/ La Taba” (Córdoba)Aplicación del art. 55 en “Álvarez c/ Experta ART” (JNT N° 29, Capital Federal)Aplicación del art. 55 en “Mesa” (Cámara de Cipolletti)Acciones de clase contra la pluspetición objetiva (art. 20)Suspensión de los arts. 131 y 133 por el Juzgado Federal N° II de San MartínCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Belén AliciardiPrincipales puntos en debate: la redefinición de las zonas protegidas y el mayor protagonismo de las provincias en la gestión de los recursos.Un proyecto que abre distintas miradas: desde posibles riesgos de regresión ambiental hasta la necesidad de una regulación más clara.El presente podcast fue publicado en la Universidad Austral.Datos de la colaboradora: María Belén Aliciardi– Abogada, escribana y mediadora egresada de la Universidad Nacional de Córdoba.– Especialista en Derecho Ambiental de la Universidad de Buenos Aires.– Tesista en Maestría en Gestión Ambiental en la UNSAM– Coordinadora de la Diplomatura de Ambiente, Hidrocarburos, Energía y Minería de la Universidad Austral-Directora de la Revista de Derecho Ambiental de MICROJURIS-Docente de la Procuración del Tesoro de la Ciudad de Buenos Aires, de la Universidad Austral y de la UCES.

Mosquera, Gerardo Raúl1. ¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y cómo cambia el sistema de indemnizaciones laborales?2. ¿Cómo se financia?3. La paradoja del sistema: ¿el nuevo fondo puede convertir al despido en un costo prefinanciado?4. La inembargabilidad del fondo.5. La desigualdad entre trabajadores registrados y no registrados frente al nuevo sistema.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Emilio Elías RomualdiAnálisis de la ley 27802 y la reglamentación del artículo 55 mediante resolución 45/2026 del Banco Central.InteresesActualización de CréditosJurisprudenciaCV Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, UK. Ex Juez del Trabajo, Provincia de Buenos Aires. Director y profesor del Doctorado de la UK. Profesor Titular de Derecho Marítimo, Derecho laboral Individual y Derecho laboral colectivo, UCALP. Profesor titular de Derecho de la Seguridad Social en UAI. Profesor titular en UNR en la Especialización de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Co director y Profesor titular del seminario de investigación en Indae. Ex profesor de práctica forense en la UBA. Miembro de la Asociación de Magistrados del Trabajo de la República Argentina y de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Secretario General de la Asociación Latinoamericana de Derecho Aeronáutico y Espacial. Autor de publicaciones sobre temas de su especialidad.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADOTemarioAlcance de la Ley 27.802 y relación con la Ley 26.844 de servicio doméstico.Actualización de deudas laborales mediante índice del INDEC más tasa pura del 3 %.Nuevo período de prueba de seis meses y sus consecuencias en la estabilidad laboral.Reglas sobre recontratación y cómputo de la antigüedad del trabajador.Régimen de jornada laboral: límite de horas diarias, semanales, descanso semanal y horas extras.Obligaciones del empleador: seguro de riesgos del trabajo, alimentación del personal sin retiro y provisión o compensación de ropa de trabajo.Formalización de los pagos mediante recibos o comprobantes bancarios como medio de prueba.Deber de confidencialidad del personal y protección de la vida privada del empleador.Uso de imágenes o registros como prueba en conflictos laborales.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

María Soledad CarlinoTemarioArtículos que marcan cambios relevantesTensiones con el marco convencional Legislaciones provincialesRégimen de corte netamente punitivo. CV autora:Abogada y escribana por la Univ. Católica de Córdoba Fiscal Penal Juvenil por concurso en Córdoba Capital desde 2019 Juez Penal Juvenil reemplazante en Córdoba Capital desde 2018 Docente en la Cátedra de Derecho Procesal Penal Juvenil (UNC) desde 2019 Docente de la Especialización en Derecho Penal de la UCC Funcionaria enlace del Poder Judicial de Córdoba con el UNICEF Miembro del Foro Penal Adolescente y Juvenil de JUFEJUS Miembro de la Sala de Género de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Córdoba Miembro titular de la Mesa de seguimiento de la ley 11035, procesal penal juvenil. Diplomada en Justicia Juvenil Restaurativa. Autora de textos y artículos vinculados a la especialidad penal juvenil.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADOTemarioEl deber de los jueces laborales de seguir la jurisprudencia de la Corte Suprema.Stare decisis en Argentina: obligatoriedad atenuada y apartamiento fundado.Alcance limitado a la justicia nacional y diferencias con la Provincia de Buenos Aires.Caducidad de oficio: nuevos plazos y riesgos para la tutela judicial efectiva.Costas por sobreestimación y tensión con el artículo 275 LCT.Pago en cuotas y posibles incentivos a la litigación dilatoria.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

Francisco Leiva Retamal︎Casos más relevantes de abogados que utilizaron citas falsas generadas por IA: FALLO: O.F.C. c/ Booking.com Argentina S.R.L. y otro s/ daños y perjuicios FALLO: G. C. A. y otros c/ M. F. D. y otros s/ daños y perjuicios ︎Factores en común: confianza ciega, nulo pensamiento crítico y alucinaciones de la IA Generativa ︎ Método efectivo para buscar jurisprudencia con IA sin perder el criterio jurídico:Paso 1) Elegir la IA adecuadaPaso 2) Redactar un buen prompt legal: Método ROCIFA de Joel GómezPaso 3) Activar funciones específicas y avanzadas de investigación: Deep ResearchPaso 4) Leer el informe de la IA y revisar cada una de las Sentencias.CV AUTOR: Abogado. Divulgador de inteligencia artificial y herramientas digitales aplicadas al Derecho. Docente invitado en la Academia GreenTech, donde dictó las teleclases: ︎ Búsqueda de Jurisprudencia con Inteligencia Artificial ︎ Notebook LM para abogados: usos prácticos en el ejercicio profesional. Procurador en el Estudio Jurídico Varea Delgado (San Martín de los Andes, Neuquén). Coordinador de Capacitaciones Jurídicas en la academia Estudiantes Digitales.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADOTEMASCambio de paradigma del derecho del trabajoReducción de la tutela laboralDespido y sistema indemnizatorioFlexibilización del tiempo de trabajoFragmentación del salarioDebilitamiento sindical y de la negociación colectivaRestricciones a la responsabilidad empresariaImpacto constitucional y regresividadCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica

AYELÉN ZUCCARINITemas:-Principales cambios introducidos -El peso del factor tiempo -Mayor visibilización de las niñeces y adolescencias -Trabajo intersectorial -Capacitación -Licencias -Abogado/a del niño/aCV: Abogada. Magister en Derecho Civil con orientación en Derecho Civil Constitucionalizado (Universidad de Palermo). Tutora académica de la Especialización en Derecho de las Familias, Niñez y Adolescencias de la Universidad Nacional de José C. Paz. Profesora invitada de la asignatura del Ciclo Profesional Orientado: “Técnicas de Reproducción Humana Asistida Profundizado” del Departamento de Derecho Privado II de la Facultad de Derecho de la UBA. Colaboradora permanente de la Revista Interdisciplinaria de Derecho de Familia de La Ley. Ex funcionaria del Ministerio Público Tutelar de la Provincia de Buenos Aires. Autora de la primera investigación jurídica en el país sobre trasplante uterino: “Derecho Humano a formar una familia. El trasplante de útero y su marco regulatorio”, de Editorial Ediar. Autora y coautora de varios artículos, publicaciones y capítulos de obras colectivas sobre la especialidad.

AYELÉN ZUCCARINITemas: - Suspensión del ejercicio de la responsabilidad parental -Enfoque de géneros y de adolescencias -Obligación alimentaria -Régimen de contacto paterno filial -Principio de realidadCV: Abogada. Magister en Derecho Civil con orientación en Derecho Civil Constitucionalizado (Universidad de Palermo). Tutora académica de la Especialización en Derecho de las Familias, Niñez y Adolescencias de la Universidad Nacional de José C. Paz. Profesora invitada de la asignatura del Ciclo Profesional Orientado: “Técnicas de Reproducción Humana Asistida Profundizado” del Departamento de Derecho Privado II de la Facultad de Derecho de la UBA. Colaboradora permanente de la Revista Interdisciplinaria de Derecho de Familia de La Ley. Ex funcionaria del Ministerio Público Tutelar de la Provincia de Buenos Aires. Autora de la primera investigación jurídica en el país sobre trasplante uterino: “Derecho Humano a formar una familia. El trasplante de útero y su marco regulatorio”, de Editorial Ediar. Autora y coautora de varios artículos, publicaciones y capítulos de obras colectivas sobre la especialidad.

Martín SabadiniAnálisis del Decreto 84/2026, reglamentario de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.CV Abogado consultor en derecho y protección de la salud inclusiva

Jorge Oscar RossiEl Juzgado Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescentes, Penal, Juvenil, y Faltas de Corral de Bustos consideró que la novia de un motociclista fallecido en un accidente de tránsito tiene legitimación para reclamar indemnización por daño moral aun cuando estos no vivieran juntos. El magistrado adhiere a la doctrina que entiende que "la convivencia es el conjunto de relaciones interpersonales en la vida cotidiana, las cuales no necesariamente deben tener un sustento físico, ni un ámbito geográfico determinado. Se relaciona este concepto más con las relaciones de afecto, que con la absurda ubicación geográfica de dos o más personas."CVDoctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADOCambios centrales en la cuantificación del dañoImpacto en accidentes de trabajoIncapacidades laborales: criterios actualesRol del perito médico frente al nuevo baremoMargen de valoración judicialRelación con el principio protectorioConsecuencias prácticas para el trabajadorEstrategias de litigio frente al nuevo esquemaCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Ramiro M. PalmaTemarioContexto del niño y la familiaArgumentos de la PrestadoraPresentación en la JusticiaMedida cautelar en 58 hsCV AUTOR: Abogado UBAPuerto Madryn, Chubut.Matrícula Federal y de la Provincia de Chubut.Trabaja temas vinculados a la salud y discapacidad de personas.

Dr. Emilio Romualdi.Análisis de las reformas del proyecto de Ley de Modernización LaboralCV Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, UK. Ex Juez del Trabajo, Provincia de Buenos Aires. Director y profesor del Doctorado de la UK. Profesor Titular de Derecho Marítimo, Derecho laboral Individual y Derecho laboral colectivo, UCALP. Profesor titular de Derecho de la Seguridad Social en UAI. Profesor titular en UNR en la Especialización de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Co director y Profesor titular del seminario de investigación en Indae. Ex profesor de práctica forense en la UBA. Miembro de la Asociación de Magistrados del Trabajo de la República Argentina y de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Secretario General de la Asociación Latinoamericana de Derecho Aeronáutico y Espacial. Autor de publicaciones sobre temas de su especialidad.

GERARDO RAUL MOSQUERA ABOGADOAnálisis del fallo del Tribunal de Trabajo N.º 1 de Lomas de Zamora sobre despido. Aplicación de la teoría del esfuerzo compartido en la actualización del crédito laboral. Actualización por RIPTE y la fuerte reducción del monto indemnizatorio. Afectación del principio de reparación plena del trabajador. Desconocimiento de la relación laboral y temeridad procesal del empleador. Doctrina del fallo “Barrios” de la Suprema Corte bonaerense. Enriquecimiento sin causa del empleador por efecto de la inflación. Vulneración de la tutela preferente del trabajador. Comparación con el criterio del Tribunal de Trabajo N.º 2 de La Plata en “Androver”. Actualización por ley bases.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Devia, LeilaPrincipales puntos de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2025.CV: Doctora en Ciencias Jurídicas Universidad del Salvador, Especialista en Derecho de los Recursos Naturales de la UBA. Jefe Departamento Basilea INTI. Titular de la Cátedra de Derecho de los Recursos Naturales y Protección Ambiental, Facultad de Derecho UBA.

Dr. Gerardo Raúl MosqueraTEMARIODiferencia entre convenios OIT (vinculantes) y recomendaciones (orientadoras).Qué es la Recomendación 198 y por qué se volvió relevante en la era de las plataformas.Uso de la Recomendación 198 para detectar encubrimientos o fraudes laborales.Explicación de los indicios fácticos que permiten determinar si existe relación laboral.Instrucciones y control ejercidos por otra persona como indicio de subordinación.Integración en la organización de la empresa como dato central de laboralidad.Prestación del trabajo en beneficio de otro y de forma personal.Indicadores de continuidad, horario, lugar, disponibilidad.Quién aporta herramientas, materiales o maquinarias.Datos sobre la remuneración, su carácter de principal ingreso y los pagos en especie.Existencia o no de riesgo financiero asumido por el trabajador.Aplicación concreta a casos de plataformas (Rappi, Glovo, etc.).Referencia al trabajador autónomo económicamente dependiente en España.Advertencia sobre la tendencia actual a la deslaboralización y la importancia de usar la R198 para proteger derechos.Relación con la LCT, estatutos especiales, la Constitución, tratados de DDHH y convenios OIT.

Dr. Gerardo Raúl MosqueraTEMARIO1. ¿Qué es el art. 245 bis y qué modifica?2. La “tarifa” del despido discriminatorio.3. Contradicción con la Ley 23.592.4. Reinstalación vs. indemnización tarifada.5. Motivos discriminatorios excluidos por la reforma.6. El vacío para trabajadores de baja antigüedad y período de prueba.7. Jurisprudencia reciente que declara la inconstitucionalidad.8. Por qué el 245 bis no supera el test constitucional.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Sergio Lois- Análisis de las secuelas psiquiátricas.- El sistema de riesgos del trabajo y sus características.- La exclusividad del sistema.- La importancia de la salud mental de los trabajadores.- Los riesgos psicosociales.CVAbogado por la Universidad Nacional de La Matanza. Maestrando en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales por la UNTREF.Escritor de diversos artículos sobre derecho individual y colectivo del trabajo. Coautor del libro “La nueva práctica del teletrabajo” por Ediciones DyD (2020).Coautor del libro «Medidas autosatisfactivas: teoría y práctica» por la Editorial Visión Jurídica (2021). Autor del libro Medidas Cautelares por Ediciones DyD .Coautor del libro Derecho Procesal Electrónico por Ediciones D y D (2023).Disertante. Miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.

Jorge Oscar RossiLa Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la multa aplicada a un club, por el cobro de una cuota extraordinaria de manera unilateral y no prevista en el contrato de membresía. Entre otros argumentos, se destacó que si bien el club no se constituye como un comerciante en el sentido tradicional, lo cierto es que la ley 24240 no limita el concepto de «proveedor» exclusivamente a los comerciantes.CVDoctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista.

Dr. Gerardo Raúl MosqueraTEMARIOEl Derecho Fundamental al CuidadoCaso judicial de Santa Fe: docente y madre de hijos con discapacidad.Fallo que reconoce el derecho humano autónomo al cuidado, basado en la Opinión Consultiva 31/25 de la Corte IDH.Enfoque de interseccionalidad (mujer, madre, trabajadora).Obligaciones del Estado como empleador para garantizar la conciliación laboral y familiar.Aplicación del Convenio 156 OIT (trabajadores con responsabilidades familiares).La Jornada de 12 Horas y la Reforma LaboralDebate sobre la extensión de la jornada laboral hasta 12 horas diarias.Salud, Insalubridad y Trabajo ForzosoCV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Dra. Dinah MagnanteTemario: Condiciones y procedimiento para el acceso a la práctica. Objeción de conciencia.CV: Abogada, Magíster en Ética Biomédica, Instituto de Bioética, Facultad de Ciencias Médicas (UCA)

Dr. Gerardo Raúl Mosquera. Temas desarrollados:Introducción al caso y contexto del fallo.Aplicación del Código Civil y Comercial de la Nación en materia laboral.Concepto de conducta antijurídica del empleador y enriquecimiento sin causa.Reconocimiento del daño previsional por falta de aportes y contribuciones.Reconocimiento del daño moral por angustia, temor y pérdida de dignidad.Impacto de la Ley Bases y derogación de las indemnizaciones agravadas.Uso del pensamiento lateral en la práctica laboralista.Cuestionamientos sobre la cuantificación del daño moral.La clandestinidad laboral como forma de discriminación.El silencio del trabajador y el artículo 58 de la LCT: ausencia de presunción de renuncia.Reafirmación de los principios protectorio, de irrenunciabilidad y de buena fe.Reflexión sobre el nuevo paradigma del derecho laboral argentino.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Por Nicolás OszustAnálisis y alcance de la ley 27.797 LEY NICOLÁS - LEY DE CALIDAD Y SEGURIDAD SANITARIA: Principales puntosCv Titular de la materia «El Amparo en salud» de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Especialista en Derecho a la Salud. Director de la Revista de Derecho de Salud de la Editorial Microjuris Argentina. Consejero Directivo CPACF 2024-2026 Consejero Directivo CAAL 2024-2028.

Dr. Gerardo Raúl Mosquera. TemarioAntinomia normativa: plazo provincial (caducidad 90 días hábiles) vs. prescripción nacional (2 años, LRT art. 44).Federalismo: alcance de la potestad procesal provincial vs. respeto de derechos sustantivos nacionales.Acceso a la justicia / tutela judicial efectiva (CN art. 18; tratados).Jerarquía normativa y supremacía federal (CN arts. 31, 75 inc. 12, 121).Caducidad vs. prescripción (vía específica vs. derecho de fondo).Comisiones Médicas (Ley 27.348 y adhesión 14.997).Notificación con advertencia del plazo y patrocinio letrado en sede administrativa.Principios laborales: protectorio, irrenunciabilidad, progresividad/no regresividad, igualdad.Celeridad vs. garantías.“Trampa procesal” por plazos exiguos.Criterio del Tribunal de Trabajo: inconstitucionalidad del art. 2 inc. j Ley 15.057.SCBA (4–3): confirma inconstitucionalidad; costas por su orden.Efecto práctico: acción de Magliano sigue; no usar 90 días como barrera.Proyección interjurisdiccional: impacto en otras provincias.CV AUTOR: Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.

Martín Sabadini - Fiorella BianchiTemarioNace la "Cuota Transparente": Explicamos el nuevo Estado de Cuenta obligatorio que te mostrará exactamente cómo tus aportes de seguridad social bajan el monto que pagás cada mes.Tus Aportes, Tu Beneficio: Detallamos por qué tus aportes son considerados "salario diferido", cómo se aplican para generar saldos a favor y por qué te tienen que devolver el dinero si te das de baja.Aumentos de Cuota, Nuevas Reglas: Analizamos el fin de la autorización estatal para los aumentos y tu derecho a ser notificado con 30 días de anticipación.Derechos Clave en tu Contrato:Preexistencias: Condiciones claras para cualquier cobro adicional.Cambio de Plan: Facilidades para cambiarte sin perder derechos.Darte de Baja: Libertad para rescindir tu contrato sin penalidades.Baja por Parte de la Prepaga: Revelamos los únicos dos motivos por los cuales la empresa puede darte de baja: falta de pago (con intimación previa) o falsedad comprobada en la declaración jurada.¿Sistema de salud solidario? ¿o esto trae un cambio? Martín Sabadini cv Abogado consultor en derecho y protección de la salud inclusivaFiorella Bianchi cv Abogada recibida con Diploma de Honor en la Facultad de Derecho de la UBA. Especializada en Derecho de la Salud y Bioeticista (FLACSO). Docente a cargo de las Comisiones Bioética I y Bioética II de la Facultad de Medicina de la UBA. Investigadora ASLAT FLACSO. Miembro titular del Comité de Bioética Clínica del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez y Miembro titular del Comité de Ética en Investigación de la Fundación Sanatorio Güemes Miembro del Consejo Editorial de la Revista Jurídica “En Letra Civil y Comercial”

Dr. Gerardo Raúl MosqueraTemario Caso Vasold c/ MPV (Juzg. Trab. 77, CABA) Daños del trabajo en negro (salud, finanzas, futuro previsional) · Clandestinidad como discriminación (doctrina) · Reparación integral vía “no dañar” · 16 salarios: 12 material + 4 moral · Diferencia entre daño material y moral · Consecuencias prácticas para trabajadores y empleadores. La justicia pude reparar la invisibilidad.CV Abogado, docente, mediador. Autor de escritos de doctrina jurídica.