El dato peque del trueque - El podcast de comercio exterior

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Datos pequeños pero sustanciales de liderazgo, cumplimento, fiscal, comercio exterior, aduanas, todos con un toque humano. Para seguir nuestras demás pláticas, entrevistas y artículos de expertos entre otros temas visita: www.tlcmagazinemexico.com.mx C

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    • Dec 7, 2023 LATEST EPISODE
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    E195 Dato Peque del Trueque: Análisis de la Economía Informal en México

    Play Episode Listen Later Dec 7, 2023 4:57


    De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se estima que en el mundo 2,000 millones de personas trabajan en la informalidad, lo cual representa el 61.2% de la población con empleo. A nivel mundial, el empleo informal es una fuente importante de trabajo para los hombres (63%) que para las mujeres (58%). Sin embargo, en países de ingresos bajos y medianos-bajos se registra una mayor proporción de mujeres ocupadas en el empleo informal. La OIT señala que, si bien el empleo informal existe en todos los países, está más presente en las economías en desarrollo. La parte del empleo informal con relación al empleo total, en promedio, varía entre 18.3% en economías desarrolladas, 67.4% para economías emergentes y 89.8% en las economías en desarrollo. Según el Organismo, del total de personas empleadas en la economía informal, el 45% son trabajadores por cuenta propia, el 36% trabajadores asalariados, el 16% trabajadores familiares auxiliares, y el 2.7% empleadores. También ha señalado que la informalidad tiene múltiples consecuencias negativas tanto para las personas como para las empresas y la sociedad. Las personas que trabajan en el sector informal carecen de protección social y de seguridad en el ingreso. Las empresas que operan en el sector informal tienen menos acceso al capital y a los mercados, lo que repercute en su productividad, además de que son vistas como competencia desleal para aquellas empresas que cumplen con la legislación fiscal y laboral. Para los gobiernos y las sociedades, la informalidad representa una reducción de los ingresos públicos, limitando la cohesión social y el desarrollo inclusivo. En México, de acuerdo con el INEGI, la economía informal alcanzó los 5.73 billones de pesos, equivalente al 24% del total de la economía. El Valor Agregado Bruto (VAB) del sector informal aumentó 3.8% a tasa anual, representando el 54.9% de la economía informal. Oaxaca, el Estado de México, Puebla e Hidalgo fueron las entidades con mayor incremento anual durante el trimestre abril junio de 2023. En el trimestre de referencia, el VAB de otras modalidades de la informalidad significó 45% de la economía informal y creció 2.4% a tasa anual. A tasa anual por entidad federativa, los mayores crecimientos se observaron en Oaxaca con 11.9%; Zacatecas con 9.3% y Durango y Guerrero con 7.1%. Cifras del Instituto, señalan que los puestos de trabajo remunerados en la economía informal sumaron 16.5 millones, lo que significó un incremento de 2.2 % anual, en el segundo trimestre de 2023. La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), al cierre del segundo trimestre, mostró que había 15.8 millones de personas ‘fuera del sector informal'. Totalizando 32.3 millones de personas con una ocupación informal, es decir, el 55.2% de los trabajadores se encuentran en la informalidad.

    E194 Dato Peque del Trueque: Control de activo fijo: 9 recomendaciones que debes de considerar

    Play Episode Listen Later Sep 12, 2023 12:17


    En nuestro sistema aduanero todas las mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, al momento de ser declaradas ante la aduana deben de contar con los:Números de serie, parte, marca, modelo, o, bien, las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras similares, con la salvedad de que esta obligación es cuando dichos los datos existan. Es importante considerar las excepciones que establece el programa IMMEX y la certificación de operador económico autorizado, esta última, incluso permite que el registro de los datos de identificación individual se realice en el sistema de control de inventarios. Los datos de identificación individual (marca, modelo, número de serie y demás datos) constituyen un elemento importante en la documentación aduanera para acreditar la legal estancia, tenencia y destino de las mercancías en el despacho aduanero o durante las facultades de comprobación, en consecuencia, no reunir en su totalidad los requisitos, salvo las excepciones que establece la normatividad, será un motivo para que las autoridades aduaneras desestimen la documentación aduanera y apliquen las infracciones y sanciones previstas en la Ley Aduanera, incluso los delitos y penas establecidas en el Código Fiscal de la Federación. Dentro de los riesgos que tienes considera:La presunción del delito de contrabando en el Código Fiscal de la Federación.Suspensión del padrón de importadores y padrones sectoriales.Cancelación del programa IMMEX.Cancelación de CIVA.Créditos fiscales representativos y multas.9 recomendaciones minimas que debes de considerar para mantener sistema de gestión de cumplimiento en el control de activo fijo en comercio exterior:Implantar un sistema de gestión de compliance enfocado al cumplimiento de las obligaciones aduaneras y de comercio exterior.Actualizar tu relación del activo fijo importado temporalmente, nacional o nacionalizado que es utilizado en el proceso productivo o de servicio, incluyendo su ubicación dentro de la planta. · Para ello, ya existen herramientas tecnológicas, chips, códigos QR que te permiten determinar la ubicación o destino físico de tu activo fijo y relacionarla con la documentación aduanera.Identificar y compulsar periódicamente el activo fijo declarado ante la autoridad contra el que tenemos fisicamente en la planta, en este rubro existen actividades esbeltas que puedes realizar de manera automatizada, estableciendo indicadores de cumplimiento. · Auditar y revisar que la documentación aduanera contenga la información de identificación individual (marca, modelo y serie) o, en su defecto, las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras similares, cuando dichos datos existan y que correspondan con la del activo fijo que tienes fisicamente en la instalación y compulsarlo con el reporte de las operaciones de comercio exterior (data stage). · Existen formatos y procesos para integrar y mejorar tu catalogo de mercancías, el cual permanentemente se debe de estar actualizando, en este aspecto es importante que la actividad la hagas bien desde la primera ocasión, nunca es tarde para comenzar. · Efectuar rectificaciones de la información y documentación aduanera para subsanar las inconsistencias de acuerdo con la normatividad aplicable.Tener un control y conservación manuales y diseños de instalación de la maquinaria, equipo y líneas de producción para indicar su utilización, en bases de datos y digitalizado.Llevar acabo verificaciones periódicas al activo fijo, para identificar que se mantengan los datos de identificación individual (marca, modelo y serie) y no haya sido removida la información de las mercancías.Tener control y soporte documental aduanero del activo dijo enviado a reparación con empresas autorizadas y el desperdicio generado.Efectuar la regularización de mercancías que no cumplieron las formalidades aduaneras de acuerdo con la normatividad aplicable, siempre buscando el mayor beneficio legal posible.Capacitar al personal de la organización sobre las operaciones aduaneras, así como de las consecuencias en los supuestos de incumplimiento.El control de activo fijo minimo debe de considerar:Levantamiento de inventario físico.Layout de la planta por líneas de producción.Vinculación documental vs levantamiento físico.Emplacado.Ubicación de la documentación.

    E193 Dato Peque del Trueque: Suben impuestos al comercio exterior, algunas recomendaciones para reducir el impacto en importación

    Play Episode Listen Later Aug 22, 2023 4:33


    Derivado del decreto que publico el Gobierno federal que Incremento el impuesto general de importación en 392 fracciones arancelarias; una fracción arancelaria aumenta al 5%, dos fracciones arancelarias al 10%, veintisiete incrementa al 15%, dos de 20% y trescientos sesenta fracciones arancelarias con un avalorem de 25%, decreto que entro en vigor desde el 16 de agosto del 2023. Hemos detectado que esta modificación representa para algunas empresas enfocadas en la exportación de productos transformados sustancialmente en México con insumos de importación un impacto anual de más de $300 millones de pesos por concepto de Impuesto General de Importación. Es necesario revisar el impacto de estas modificaciones en las provisión que se hizo en la industria para este 2023 e incluso valorar la ampliación o aplicación de programas de fomento tales como PROSEC, IMMEX de servicios (siempre que su operación lo permita) o bien la adquisición de insumos o el uso de certificador de origen vinculados con algún acuerdo o tratado del que México sea parte. Aquí te damos 7 recomendaciones para reducir el impacto arancelaria en las importaciones. 1. Revisar las fracciones arancelarias sujetas al incremento de los aranceles en las importaciones. 2. Identificar si las mercancías se destinan al régimen definitivo o temporal, incluyendo los programas de diferimiento de arancel. 3. Revisar las exenciones de los aranceles en las importaciones temporales de acuerdo con los beneficios de los programas IMMEX, por ejemplo, la modalidad de servicio del programa IMMEX. 4. Verificar con base en el origen de las mercancías la posibilidad de aplicar los beneficios arancelarios de los acuerdos o tratados de libre comercio. 5. Utilizar como alternativa los programas de promoción sectorial de acuerdo con la producción de bienes finales. 6. Examinar los beneficios arancelarios que otorgan los permisos previos de importación (regla octava). 7. Revisar los beneficios arancelarios del esquema para empresas de la frontera cuando se destinen a la franja o región fronteriza o zona libre de Chetumal. Contacta a nuestro equipo de TLC Asociados y te ayudaremos a realizar este análisis

    E192 Dato Peque del Trueque: Secretaría de Economía publica modificaciones a la TIGIE

    Play Episode Listen Later Aug 17, 2023 9:16


    El 15 de agosto de 2023 la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación con el objetivo de implementar los mecanismos que generen estabilidad en los sectores de la industria nacional, entre los que se encuentran el textil, confección y calzado, y que permitan eliminar distorsiones en el comercio, para salvaguardar el equilibrio del mercado global en concordancia con el derecho internacional y los compromisos internacionales, mismos que se vieron afectados por la desaceleración en el crecimiento económico derivada de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (Covid-19), Por lo anterior, el Gobierno Federal tuvo a bien establecer aranceles temporales a la importación, de entre 5% a 25%, de mercancías clasificadas en 392 fracciones arancelarias relativas a acero, aluminio, bambú, caucho, productos químicos, aceites, jabón, papel, cartón, productos cerámicos, vidrio, material eléctrico, instrumentos musicales y muebles, entre otras, con el fin de brindar certidumbre y condiciones de mercado justas a todos los sectores que enfrentan situaciones de vulnerabilidad, permitir la recuperación de la industria nacional, fomentar su desarrollo y apoyar el mercado interno. En ese sentido, debido a que los sectores textil y calzado también enfrentan situaciones de vulnerabilidad, la Secretaría de Economía consideró conveniente mantener los aranceles a la importación que actualmente aplican a dichas mercancías, por lo que se elimina el esquema de desgravación arancelaria previsto en el decreto publicado en el DOF el 18 de noviembre de 2022. Asimismo, con la finalidad de evitar la afectación de las cadenas productivas y que se mantenga la competitividad en los sectores industriales más sensibles como lo son el eléctrico, electrónico, automotriz y el de autopartes, resulta necesario mantener, por el mismo periodo de vigencia de los aranceles previstos en el presente decreto, el beneficio arancelario de los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) aplicable a fracciones arancelarias de diversos productos siderúrgicos. Por lo anterior, se MODIFICAN 392 fracciones arancelarias que se ubican en los siguientes capítulos de la TIGIE.

    E191 Dato Peque del Trueque: TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023

    Play Episode Listen Later Jul 25, 2023 6:51


    El día de hoy se público la TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27. La publicación cuenta con tres articulos y cuatro transitorios El articulo PRIMERO reforma el Glosario y 9 reglas, tambien derogando 3 reglas de las RGCE para 2023. En los acronimos se se establece (Customs Trade Partnership Against Terrorism, por sus siglas en inglés). Programa "Alianza Aduana Comunidad Comercial contra el Terrorismo", otorgado por CBP. Y en DEFINICIONES se establece que Ventanilla Digital, es la prevista en el "Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior", publicado en el DOF el 14 de enero de 2011 y sus posteriores modificaciones, que se ubica en la página electrónica www.ventanillaunica.gob.mx. Las modificaciones que se establecen estan enfocadas en las reglas: 2.1.3. Declaración aduanera de dinero 3.1.29. Uso de Aduanas exclusivas (Anexo 21) 3.3.12. Autorización para la donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero y su importación, a través de Ventanilla Digital 3.3.18. Se deroga. Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19) 3.3.19. Se deroga. Pago del aprovechamiento por la importación definitiva de vehículos usados, de conformidad con el "Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera" publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2022 y sus posteriores modificaciones 3.5.14. En Clave - Concepto de Pago, seleccionar la clave: 700203 Regularización de vehículos usados de procedencia extranjera. Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera 3.7.24. Presentación de recursos de revocación 3.7.34. Se deroga Procedimiento simplificado para importaciones realizadas por las Secretarías de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina; del Instituto de Salud para el Bienestar; del Instituto Mexicano del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y de Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V. . 5.1.1. DTA y casos en los que no se está obligado a su pago 7.1.4. Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado 7.1.5. Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado 7.2.7. Destino de las mercancías importadas por empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS, expirado o cancelado En artículo SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de Anexos de las RGCE para 2023 : Anexo 1, 2, 4, 21, 22 y 27. Por su parte el artículo TERCERO. reforma el Transitorio Primero, fracción II de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2022. En cuanto a los cuatro transitorios, se establece que la resolución va entrar en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF. Haciendo la aclaración de las versiones anticipadas y la fecha en que entran en vigor. Por su parte el Segundo transitorio señala que las modificaciones a la regla 2.1.3., párrafo quinto y a los formatos D2 "Declaración de aduana para pasajeros procedentes del extranjero (Español e Inglés)" y D3 "Declaración de dinero salida de pasajeros (Español e Inglés)" del Anexo 1, entrarán en vigor el 25 de agosto de 2023. Asimismo el transitorio Tercero. Las solicitudes previstas en las reglas 3.3.18., 3.3.19. y 3.7.34. que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de la presente Resolución, serán atendidas y resueltas hasta su conclusión de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su presentación. Finalmente el Cuarto transitorio ¡. Las modificaciones a los formatos E3 "Perfil de la empresa", E4 "Perfil del Agente Aduanal", E5 "Perfil del Auto transportista Terrestre", E6 "Perfil de Mensajería y Paquetería", E7 "Perfil del Recinto Fiscalizado", E8 "Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico", E9 "Perfil del Transportista Ferroviario", E10 "Perfil de Parques Industriales" y E11 "Perfil del Almacén General de Depósito" contenidos en el Anexo 1; entrarán en vigor conforme lo siguiente: Tratándose de las empresas que, a la fecha de la publicación de la presente Resolución, tengan vigente su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidades de Operador Económico Autorizado o Socio Comercial Certificado, cualquier rubro, a los seis meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución, debiendo cumplir para ello con lo establecido en la regla 7.2.1., párrafos tercero y cuarto, según corresponda a su registro.

    E190 Dato Peque del Trueque: Extienden periodos de transición del CFDI + Complemento Carta Porte

    Play Episode Listen Later Jul 18, 2023 2:46


    El 14 de julio de 2023 se dio a conocer en el portal del SAT la primera versión anticipada de la “Sexta Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023”, la cual entrará en vigor cuando sea publicada en el Diario Oficial de la Federación. De igual manera, por este mismo medio fue informada la versión anticipada de la “Tercera Resolución de Modificaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023”, misma que tendrá vigencia cuando sea publicada en el Diario Oficial de la Federación. I. RMF 2023 – Ampliación del Periodo de Transición En esta nueva versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones de la RMF para 2023 se extiende el periodo de transición para quedar de la siguiente manera: “Décimo. Para los efectos de los artículos 29, último párrafo, 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, con relación a la Sección 2.7.7., se entiende que cumplen con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023 y éste no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en los diversos “Instructivos de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicados en el Portal del SAT.” Recordemos, que las disposiciones fiscales sobre la utilización del CFDI con el complemento Carta Porte tuvo vigencia el 1 de enero de 2022, sin embargo, se amplía la fase de transición de la aplicación de sanciones hasta el 31 de enero de 2022, por lo que no serán aplicadas las infracciones y presunciones de delitos en términos de los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, además se entiende que cumplen con la normativa del CFDI con Complemento Carta Porte, aun cuando no cuenten con los requisitos emitidos por el SAT. II. RGCE 2023 – Ampliación del Requerimiento del Folio del CFDI + CCP En la versión anticipada de la “Tercera Resolución de Modificaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023” se modifica el artículo transitorio primero, fracción II de las RGCE para 2023, para señalar lo siguiente: “Primero. … II. Las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y párrafo tercero; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, serán exigibles a partir del 01 de enero de 2024.” En particular con esta modificación se hace obligatorio a partir del 1 de enero de 2024 la declaración del folio del CFDI + Complemento Carta Porte en la documentación requerida conforme a los procedimientos para realizar el despacho aduanero de mercancías. Finalmente, aun cuando se haya ampliado la aplicación de sanciones fiscales, y el requerimiento del Folio del CFDI con Complemento Carta Porte en las operaciones aduaneras, los sujetos obligados deben cumplir con sus obligaciones y llevar un control de las mismas.

    E189 Dato Peque del Trueque: Hackean inscripciones para aspirantes a agentes aduanales ANAM

    Play Episode Listen Later Jul 3, 2023 8:49


    El día 3 de julio de 2023 se publica en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO relativo a la Convocatoria general para obtener patente de agente aduanal publicada el 22 de junio de 2023.La Agencia Nacional de Aduanas de México, DEJA SIN EFECTOS la Convocatoria a fin de salvaguardar el interés jurídico de las y los aspirantes a obtener la patente de agente aduanal, esto es respecto al apartado B. Registro e inscripción de las personas aspirantes del CAPÍTULO II FASES, señalando que se continuará con el proceso hasta en tanto sea los órganos fiscalizadores de la Agencia Nacional de Aduanas de México, analicen, resuelvan y en su caso sancionen las irregularidades detectadas. Lo anterior, en estricto apego a la normatividad aplicable y a los principios de igualdad, legalidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y eficiencia que debe prevalecer en el servicio público, considerando los siguientes: Recordemos que los aspirantes debian de presentar su solicitud durante los plazos establecidos en la presente CONVOCATORIA, en la liga (URL) https://intra.anam.gob.mx/convocatoria_aa, en la que manifiesten: ... "Se establecio que únicamente se recibirán un máximo de 100 solicitudes por día, durante 5 días habiles y que las faltantes de ese día se acumularán al siguiente día, y así sucesivamente considerandose un universo de 500 solicitudes estableciendose sun horario desde las 9:00 hrs. de cada día y se cerrará en el momento que se hayan registrado el máximo de solicitudes permitidas por día ó a las 19:00 hrs. con un huso horario utilizado es el de la Ciudad de México." El acuerdo establece en el apartado de Contingecia un punto único que señala que muchos participantes se vieron impedidos en acceder al proceso "de beneficio general" dispuesto en la citada CONVOCATORIA, violentándose con ello, no sólo el principio de igualdad en la oportunidad, sino también los relativos a la legalidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y eficiencia. Asimismo, según actas levantadas los días 22, 23, 26, 27 y 28 de junio de 2023, en instalaciones de la Agencia Nacional de Aduanas de México, en el sistema a que se refiere se observó contingencia ante un eventual jaqueo del mismo, en los siguientes términos: 1. Respecto a la liga (URL) liga (ULR) https://intra.anam.gob.mx/convocatoria_aa, el sistema marcó error y no permitió el acceso a la liga a las 9:00 en punto del día 22 de junio de 2023, sino hasta las 09:42:04. 2. Por cuanto a la inscripción, permitió el registro de solicitudes en un número mayor a 100 (cien por día y horario); aceptando la inscripción de promociones fuera del horario previsto; generando datos inexactos o incompletos en los folios de recepción de las solicitudes, al plasmar un orden numérico de recepción incorrecto (omitiendo numeraciones seguidas); promociones con el mismo número de folio de recepción, o bien, señalando un mes diverso al de "junio de 2023"; acuses sin datos del solicitante, o bien, folios no generados; 3. En relación con documentos, el sistema impidió visualizar los antecedentes adjuntos a las solicitudes, o bien, permitiendo el registro de promociones con documentación incompleta, no obstante que por regla el sistema exige subir toda la documentación requerida. De lo expuesto, se advierte que el proceso tuvo irregularidades al no sujetarse estrictamente conforme a lo previsto en la CONVOCATORIA, al presentarse las inconsistencias detalladas con antelación. ACUERDO En este orden se reitera-, a fin de salvaguardar el interés jurídico de las y los aspirantes a que hace mención la CONVOCATORIA general publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2023, en el proceso de selección para aspirar a la obtención de una patente de agente aduanal, se DEJA SIN EFECTOS, el apartado B. Registro e inscripción de las personas aspirantes del CAPÍTULO II FASES, de la CONVOCATORIA publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2023, Continuándose con el proceso hasta en tanto sea los órganos fiscalizadores de la Agencia Nacional de Aduanas de México, analicen, resuelvan y en su caso sancionen las irregularidades detectadas, toda vez que se les ha dado vista para los efectos conducentes. Lo anterior, en estricto apego a la normatividad aplicable y a los principios de igualdad, oportunidad, legalidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y eficiencia que debe prevalecer siempre en el servicio público.

    E188 Dato Peque del Trueque: Manual de Organización General de la Agencia Nacional de Aduanas de México

    Play Episode Listen Later Jun 26, 2023 3:25


    El Lunes 26 de junio de 2023 se publico en el DOF el MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO El cúal tiene como Contenido: Introducción: I. Antecedentes Históricos II. Marco Jurídico-Administrativo III. Misión, visión y objetivo IV. Atribuciones V. Organigrama VI. Estructura Orgánica VII. Funciones Genéricas de las Direcciones Generales y la Unidad de Administración y Finanzas VIII. Funciones Genéricas de las Direcciones IX. Funciones Genéricas de las Aduanas X. Funciones Genéricas de las Subdirecciones XI. Objetivos y Funciones El marco jurídico establece el manual que comprende los Tratados en que México es parte, las leyes, los códigos, reglamentos, decretos, acuerdos y otras disposiciones. Dentro de la misión de esta agencia destaca Facilitar, coordinar y controlar los flujos de mercancías, pasajeros y medios de transporte dentro y fuera del territorio nacional, optimizando los procesos en apego a las disposiciones fiscales y aduaneras vigentes, fomentando la recaudación aduanera, coadyuvando a la preservación de la seguridad nacional y combatiendo la corrupción. Por otro lado la Visión consiste en constituir una institución aduanera moderna transparente y líder en facilitación comercial, desempeñando un servicio de excelencia, con apego al estado de derecho, eficiencia, eficacia y con altos estándares anticorrupción. En el apartado de atribuciones, contempla las que se encuentran en la leyes respectivas. La estructura organica de la ANAM, establece 1. Titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México 2. Unidades Administrativas Centrales: 2.1. Dirección General de Operación Aduanera 2.2. Dirección General de Investigación Aduanera 2.3. Dirección General de Atención Aduanera y Asuntos Internacionales 2.4. Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera 2.5. Dirección General Jurídica de Aduanas 2.6. Dirección General de Recaudación 2.7. Dirección General de Tecnologías de la Información 2.8. Dirección General de Planeación Aduanera 2.9. Dirección General de Evaluación 2.10. Dirección General de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros 2.11. Unidad de Administración y Finanzas 50 Aduanas 3. Verificadores y Técnicos de las Aduanas y el 4. Asimismo, el Órgano Interno de Control sera designado en los terminos que establece la Ley Organica de la Administración Publica Federal y del Reglamento interior de la Secretaria de la Función Pública. En cada una de ellas aborda funciones genericas, los objetivos y funciones especificas. Este manual entra en vigor el dia de su publicación como lo establece el transitorio primero del mismo, siendo suscrito por el titular de la agencia nacional de aduanas de México.

    E187 Dato Peque del Trueque: T3E7 ¿Cómo es el procedimiento administrativo en materia aduanera en la visita domiciliaria?

    Play Episode Listen Later May 16, 2023 8:20


    Uno de los puntos que revisa la autoridad durante el desarrollo de la Visita Domiciliaría es el acreditamiento de la Legal Estancia y/o Tenencia de la Maquinaria y Equipo que se encuentre en cada uno de los domicilios objeto de verificación contenidos en la Orden de Visita Domiciliara, el cual se realiza de la siguiente manera: a) La autoridad realizará un recorrido físico por las instalaciones de la empresa, para levantar un inventario de las maquinarias y equipos de procedencia extranjera que contengan los datos de identificación (marca, modelo y serie). b) Una vez concluido el levantamiento del inventario, la autoridad solicitará a la empresa que proporcione la documentación mediante la cual acredite la posesión de dicha maquinaria, para lo cual las empresas pueden presentar pedimentos, facturas nacionales, contratos de arrendamientos, por mencionar algunos. c) Es importante señalar que la empresa puede presentar la documentación anterior es durante el tiempo que dure la visita domiciliaría, es decir hasta antes de la firma del acta de inicio de la Visita Domiciliaría. d) Por lo que para aquellos casos en los que no se exhibió documentación o bien no fue suficiente para acreditar la legal estancia o tenencia, la autoridad procederá al embargo precautorio de los mismos mediante el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) de conformidad con el artículo 155 de la Ley Aduanera, situación que se plasma dentro de la propia acta de Inicio de la Visita Domiciliaría. e) Derivado de lo anterior, la empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos el acta de inicio, para presentar por escrito las pruebas y formular los alegatos para desvirtuar los casos con embargo precautorio. f) La autoridad tendrá un plazo máximo de 4 meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se encuentre debidamente integrado el expediente, para emitir Resolución Definitiva en la que se señala el detalle de casos que fueron o no acreditados, tal y como lo estable el artículo 155 de la Ley Aduanera. • Es importante precisar que se puede evitar el PAMA dentro de la visita domiciliaria, siempre y cuando se acredite la legal estancia o tenencia de la totalidad de los casos del inventario levantado por la autoridad.

    E186 Dato Peque del Trueque: T3E6 Última Acta Parcial (UAP) y Acta Final

    Play Episode Listen Later May 11, 2023 5:59


    Durante el desarrollo de la Visita Domiciliaría y tal y como lo estable el artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad podrá levantará diversas actas parciales entre ellas la denominada Última Acta Parcial (UAP), la cual, a diferencia de las demás actas parciales es en la que la Autoridad hace del conocimiento de la empresa los hechos u omisiones que deriven en el incumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras. Una vez levantada la UAP, la empresa tiene un plazo de 20 días hábiles para presentar los documentos e información que considere para tratar de desvirtuar las irregularidades señaladas por la autoridad o en su caso corregir su situación fiscal. Es importante mencionar que el plazo anterior podrá ampliarse 15 días adicionales, siempre y cuando se presente el aviso a la autoridad dentro del plazo inicial de veinte días y únicamente cuando el periodo de revisión de la visita domiciliaría contemple más de un ejercicio revisado. Transcurrido el plazo para presentar las pruebas la autoridad procederá a levantar el Acta Final, la cual contendrá el detalle de los casos que fueron desvirtuados y de aquellos en los que prevalece la irregularidad. Cabe resaltar que entre la UPA y el acta Final deberán de pasar por lo menos 20 días entre una y otra, así como que el Acta Final deberá levantarse antes de concluir los 12 meses que es el ´plazo máximo que puede durar la visita domiciliaría. Es importante señalar que tanto la UAP como el Acta Final, son las actas de mayor cantidad de hojas que existen durante el procedimiento de la visita domiciliaría, toda vez que en ellas se debe desglosar a nivel secuencia cada una de las incidencias que la autoridad haya identificado.

    E185 Dato Peque del Trueque: T3E5 Etapas de la Revisión de Gabinete

    Play Episode Listen Later May 9, 2023 5:35


    La revisión de gabinete debe de cumplir con lo establecido en el artículo 48 del Código Fiscal de la Federación: a) Solicitud de información.- Se notificará un requerimiento a la empresa ya sea de manera presencial o vía buzón tributario, tal y como lo establece el artículo 134 del Código Fiscal de la Federación. b) Lugar y Plazo.- El requerimiento debe de señalar el lugar y el plazo que se le da a la empresa para dar cumplimiento al requerimiento mediante la presentación de información y documentación. c) Presentación de la información.- La información y documentación requerida debe ser proporcionada por la persona a la cual fue dirigido el requerimiento o bien su representante legal. d) Oficio de Observaciones.- Derivado de la revisión de la documentación las autoridades fiscales formularán oficio de observaciones, en el cual harán constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubiesen conocido y entrañen incumplimiento de las disposiciones fiscales del contribuyente. e) Oficio de cierre sin observaciones.- Cuando la autoridad derivado de la revisión de los documentos, determine que no existen observaciones, deberá hacerlo del conocimiento del contribuyente mediante un oficio en el que se indique la conclusión. f) Plazo para presentar pruebas y alegatos.- El contribuyente tiene un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente que surte efectos la notificación del oficio de observaciones, para presentar la documentación que considere pertinentes para desvirtuar las incidencias detectadas por la autoridad. g) Autocorreción.- La empresa podrá optar por corregir su situación fiscal mediante el pago de las contribuciones y multas que fueron hechas del conocimiento en el Oficio de Observaciones, dentro del plazo de los 20 días en los cuales puede presentar pruebas. • El plazo máximo que puede durar una revisión de gabinete es de 12 meses contados a partir de que se notifique el inicio de las facultades de comprobación, es decir, a partir de la notificación de la solicitud de información, de conformidad con lo establecido en el artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación. • De no desvirtuar en su totalidad lo señalado en el Oficio de observaciones la autoridad cuenta con un plazo máximo de 6 meses para notificar la resolución con la determinación de las contribuciones omitidas, la cual puede realizarse de manera personal o mediante el buzón tributario, tal y como lo señala el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.

    E184 Dato Peque del Trueque: T3E4 ¿Qué es una Revisión de Gabinete y su fundamento?

    Play Episode Listen Later Apr 28, 2023 1:49


    La facultad de la autoridad de practicar una revisión de gabinete se encuentra contenida en la fracción II del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación. II.- Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, para que exhiban en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de las propias autoridades o dentro del buzón tributario, dependiendo de la forma en que se efectuó el requerimiento, la contabilidad, así como que proporcionen los datos, otros documentos o informes que se les requieran a efecto de llevar a cabo su revisión.” La principal diferencia que existe entre una Revisión de Gabinete y una Vista Domiciliaría, es el lugar en donde el contribuyente debe de entregar la información y documentación solicitada; toda vez que, como su nombre lo indica en la visita domiciliaria la empresa pone a disposición la información en sus instalaciones, mientras que en la revisión de Gabinete la empresa debe de presentarlos en las oficinas de la autoridad, en la dirección y en plazo señalado en el oficio de requerimiento.

    E183 Dato Peque del Trueque: T3E3 Etapas de la Visita Domiciliaria

    Play Episode Listen Later Apr 25, 2023 4:05


    El desarrollo de la visita domiciliaría se encuentra establecido en el artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, entre las cuales resaltan las siguientes: a) Acta por los hechos u omisiones.- De cada visita que realice la autoridad al domicilio fiscal de la empresa deberá levantar un acta en la que se señale de forma circunstanciada los hechos u omisiones que los visitadores hubieren conocido de dicha visita. b) Actas parciales o complementarias.- Se podrán levantar actas parciales o complementarias, siempre y cuando estas sean antes de que se levante el Acta Final, de igual manera dichas actas deben de cumplir con las formalidades del acta de hechos u omisiones. c) Actas parciales forman parte del acta final. d) Firmas, cierre y entrega del acta final.- Cuando se vaya llevar a cabo el levantamiento del acta final, se debe de solicitar la presencia del representante legal, por lo que de no encontrarse en el domicilio se dejara citatorio para el día siguiente y en caso de no presentarse el Representante Legal, el acta final se levantará ante la persona que se encuentre en el domicilio. • El plazo máximo que puede durar una visita domiciliaría es de 12 meses contados a partir de que se notifique el inicio de las facultades de comprobación, es decir, a partir de la notificación de la orden de visita domiciliaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación. • Una vez finalizada la visita domiciliaría la autoridad cuenta con un plazo máximo de 6 meses para notificar la resolución con la determinación de las contribuciones omitidas, la cual puede realizarse de manera personal o mediante el buzón tributario, tal y como lo señala el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.

    E182 Dato Peque del Trueque: T3E2 ¿Qué es una Visita Domiciliaría y su fundamento?

    Play Episode Listen Later Apr 20, 2023 4:05


    La facultad de la autoridad de practicar una visita domiciliaria se encuentra contenida en la fracción III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación. “III.-Practicar visitas a los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.” • El documento mediante el cual se notifica a las empresas que se va a realizar una visita domiciliara es la “Orden de Visita Domiciliaria”, la cual debe de contener los requisitos establecidos en el artículo 43 del Código Fiscal de la Federación, los cuales son: a) Lugar de la Visita b) Nombre de quien efectúa la visita c) Nombre del Visitado • Existen diversas obligaciones que la autoridad debe de cumplir al momento de efectuar una visita domiciliaría, mismas que están contenidas en el artículo 44 del Código Fiscal de la Federación: a) Lugares de la Visita.- Solo se puede llevar a cabo el acto de fiscalización en los lugares que señale la propia Orden de Visita. b) Orden de expedición de la visita.- Se debe de entregar al representante legal de la empresa y en dado caso de que no este, se debe dejar citatorio y si al día siguiente no se encuentra nuevamente el Representante se iniciará el acto con quien se encuentre en el lugar c) Visita en el domicilio fiscal.- El acto de fiscalización debe iniciar en el domicilio fiscal de la empresa d) Aseguramiento de la contabilidad (es opcional y solo se realiza cuando existe riesgo de que el visitado se ausente) e) Identificación de los Visitadores.- Al inicio del acto los visitadores deben de identificarse con la persona con la que se atienda la diligencia. f) Sustitución de testigos.- No existen limitantes para cambiar en cualquier momento a los testigos g) Sustitución de Autoridad y visitadores.- Existe la posibilidad de que la autoridad solicite apoyo de otras autoridad fiscales, así como la sustitución de los visitadores, siempre y cuando la autoridad realice la notificación correspondiente.

    E181 Dato Peque del Trueque: T3E1 Tipos de Actos de Fiscalización

    Play Episode Listen Later Apr 18, 2023 2:39


    Definición de un Acto de Fiscalización Art 42 del Código Fiscal de la Federación: “Es una facultad de la autoridad para corroborar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales” • Principales Actos de Fiscalización: a) Revisiones de Gabinete (Art 42 Fracc II del Código Fiscal de la Federación) b) Visitas Domiciliarias (Art 42 Fracc III del Código Fiscal de la Federación) • Plazo para ejercer Facultades de comprobación es de 5 años (Art 67 del Código Fiscal de la Federación); sin embargo, es importante señalar que la autoridad considera que este plazo comienza a contabilizarse de la siguiente manera: a) En operaciones temporales, una vez que finaliza el plazo de permanencia en territorio nacional conforme a las certificaciones que tenga cada empresa b) En operaciones definitivas, consideran la fecha de entrada que se declaró en los pedimentos.

    E180-T3 Todo lo que necesitas saber de la visita domiciliaria y revisión de gabinete en C.E y Aduanas

    Play Episode Listen Later Apr 18, 2023 0:34


    En esta temporada 3, conoce: Todo lo que necesitas saber de la visita domiciliaria y revisión de gabinete en comercio exterior y aduanas, síguenos y no te pierdas ningún episodio. Martes y jueves a las 10 de la mañana hora del Centro de CDMX

    E179 El Dato Peque del Trueque: Primera Modificación de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023

    Play Episode Listen Later Mar 8, 2023 4:50


    El 13 de enero de 2023 se dio a conocer en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la versión anticipada de la “Primera de la Resolución de Modificaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023”, la cual será publicada en fecha próxima por el medio de difusión oficial. En este proyecto de reforma de las disposiciones de comercio exterior son modificadas 4 reglas, adicionadas 3, y 2 transitorios, en donde destacan los puntos que se indican: I. Inscripción en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” Regla 1.3.8. • Contempla la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. • Incluye requisito del plazo de 24 meses de operaciones previas conforme al Decreto. • Adicionalmente, en el escrito deberá indicarse la aduana o sección aduanera y manifestar la veracidad de la información y conocimiento de las sanciones respectivas. II. Causales de suspensión en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” Regla 1.3.9. • Incorpora la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. III. Reincorporación en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” • Regla 1.3.10. • Incorpora la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. IV. Causales de baja definitiva en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” • Regla 1.3.11. • Incorpora la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. V. Adición de fracciones arancelarias a la inscripción en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” • Regla 1.3.12. • Incorpora la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. • El contribuyente que pretenda adicionar fracciones arancelarias para su importación deberá presentar la solicitud mediante escrito libre cumpliendo los requisitos establecidos ante la oficialía de partes de la AGSC. VI. Presentación de contratos celebrados por contribuyentes inscritos en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” • Regla 1.3.13. • Incorpora la referencia del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, publicado el 06/01/2023. • Indica el procedimiento de la presentación de copia simples de los contratos relacionados con el del Decreto ante la AGSC. • En el escrito libre deberán asentar el folio de autorización del PIPBC, clasificación arancelaria y descripción de las mercancías, así como manifestar la veracidad de la información y conocimiento de las sanciones respectivas. VII. Pago del aprovechamiento por la importación definitiva de vehículos usados. • Regla 3.5.14. • Contempla el procedimiento para el pago del aprovechamiento de $2,500 pesos conforme al Decreto de regularización de vehículos usado publicado el 29/12/2022. VIII. Noveno Resolutivo de las RGCE para 2023 • Se modifica el periodo de aplicación de las facilidades del APECIC para extenderlo hasta el 30 de abril de 2024 conforme al Decreto publicado el 6/01/2023. IX. Décimo Resolutivo de las RGCE para 2023 • Se elimina el procedimiento del pago del aprovechamiento relacionado con el Decreto para la regularización de vehículos usados publicado el 19/01/2022.

    E178 El Dato Peque del Trueque: La autoridad te devolvió un saldo no procedente

    Play Episode Listen Later Mar 8, 2023 1:39


    Cuando el contribuyente cuente con saldo a favor y opte por solicitarlo en devolución, de acuerdo con lo que establece el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, y el saldo a favor proceda la autoridad realizará la devolución. Cuando la autoridad fiscal depositó un monto de saldo a favor al contribuyente y por alguna razón el saldo a favor que se determinó no procedía, dichos contribuyentes se verán obligados a utilizar el aplicativo SAT para generar la línea de captura y realizar el reintegro del monto, esto de acuerdo con la regla 2.3.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. Por otra parte, según con lo establecido en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, el contribuyente que realice el reintegro del saldo a favor que no procedía se causará recargos en los términos del artículo 21 del Código, sobre las cantidades actualizadas, a partir de la fecha de la devolución. Fundamento legal: • Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación • Regla 2.3.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

    E177 El Dato Peque del Trueque: SAT incrementa devoluciones en 305 en 2022 Informe Tributario de Gestión Cuarto trimestre 2022

    Play Episode Listen Later Mar 8, 2023 1:45


    De acuerdo con el Informe Tributario de Gestión publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2022 respecto a las devoluciones, se tiene que la autoridad atendió un mayor número de trámites de devoluciones en un tiempo menor a causa de la agilidad en sus procesos. De enero a diciembre de 2022 se estima que la autoridad realizó la devolución de mil 90 millones de pesos por devoluciones tributarias, un incremento de 562 mil 695 millones de pesos más respecto al mismo periodo de 2018, que representa un crecimiento real de 87.1% y un 30.5% real en comparación con enero-diciembre de 2021, equivalente a 289 mil 631 millones de pesos. Respecto a las devoluciones para grandes contribuyentes, el tiempo de resolución oscila en los 17 días, los cuales se encuentran por debajo de los plazos establecidos en el Código Fiscal de la Federación, disminuyendo así del año anterior un aproximado de 3.4 días por trámite. Sugerimos que, en caso de contar con un saldo a favor, se realice la gestión lo más pronto posible, presentando la materialidad de las operaciones que dan origen al saldo a favor.

    E176 El Dato Peque del Trueque: Cambio de domicilio de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

    Play Episode Listen Later Mar 8, 2023 2:59


    Para todos los efectos a que haya lugar, se informa que a partir del 23 de febrero de 2023, el domicilio y la ventanilla de atención al público de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), a que se refiere la regla 1.2.1, fracción LXXV del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones (Acuerdo de Reglas), se encontrarán ubicados en Calle Pachuca #189, Colonia Condesa, C.P. 06140, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México.

    E175 El Dato Peque del Trueque: Tendencias y Riesgos en Materia de Compliance

    Play Episode Listen Later Feb 21, 2023 4:17


    En México y en el mundo la era post pandemia continua generando escenarios imprevisibles, a los cuales como profesionales del cumplimiento debemos adaptarnos. El teletrabajo y la digitalización de procesos requieren de nuevos mapas de riesgos, ya que, como hemos señalado los sistemas de compliance son redes vivas, que requieren una actualización constante. Como hemos comentado el impacto social y medioambiental de las empresas son cada vez más elevadas, y exigentes. En este escenario hay que adaptarse a las cambiantes normas del juego con rapidez, transparencia y evitando riesgos innecesarios, siendo el compliance o cumplimiento normativo la pieza imprescindible para hacerlo. Si bien la figura del oficial de cumplimiento se ha vuelto cada vez más importante para las empresas, no queda duda que en el 2023 será pilar fundamental del buen funcionamiento en y de las organizaciones. De acuerdo con algunos especialistas hay tres retos importantes para el área de cumplimiento, en este año, siendo: 1) el teletrabajo, con especial atención a la protección de datos, la privacidad y los riesgos asociados a ello, así como el cumplimiento de los derechos laborales. 2) la inteligencia artificial, cada vez más empresas la utilizan, por lo que será recurrente para los expertos del compliance el debate sobre el régimen de responsabilidad por posibles daños. 3) la privacidad de los datos, Adicionalmente, algunos cambios legislativos regionales tendrán influencia en las empresas de la zona. Como los cambios que se están teniendo en Estados Unidos, lo cual, se espera, llevará a una revisión del historial de conducta irregular de la empresa, y un mayor foco en los casos de delitos corporativos contra individuos, incluyendo parámetros que buscan impulsar revelaciones voluntarias corporativas “oportunas” y reforzar la coordinación con autoridades no estadounidenses en investigaciones contra individuos. En materia de normalización internacional, se prevé la próxima publicación del estándar ISO 37008 de directrices sobre investigaciones internas. La protección de los informantes tendrá un peso relevante en los nuevos sistemas de compliance. Todos estos cambios también se están dando en el sector público, en donde los ciudadanos cada vez exigen más un cambio de cultura y la obligación de un cumplimiento normativo dentro de las dependencias pública. Por ejemplo, en Europa los Fondos Next Generation, obligan obligación a disponer de un Plan de Medidas Antifraude para poder financiar proyectos públicos con fondos europeos. Según un estudio de la consultora Grand View Research, el tamaño del mercado de compliance, riesgo y gobernanza empresarial global se valoró en 40,840 millones de dólares, en 2021, y la expectativa es que crezca 14%, por año, hasta 2030. Recordemos que descuidar intangibles, como la reputación, pone en riesgo hasta el 90% del valor de una compañía, lo que significa presiones de liquidez, dudas entre stakeholders e incapacidad para retener y contratar nuevo talento.

    E174 El Dato Peque del Trueque: Cierre de Operaciones del AICM Benito Juárez al transporte aéreo de carga

    Play Episode Listen Later Feb 21, 2023 7:35


    16 días después de haberse publicado el anteproyecto para cerrar el AICM “Benito Juárez” para las operaciones de servicio aéreo de carga, el día 02 de febrero se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el “DECRETO que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica”. En el decreto señala que derivado de las condiciones de saturación en las que se encuentran los edificios terminales 1 y 2 del AICM, resulta de interés público, generar las condiciones para la adecuada y eficiente operación de dicho aeropuerto, con niveles óptimos de servicio y con ello resolver la problemática de las áreas saturadas, así como, las instalaciones de mayor intensidad de tráfico de pasajeros en los edificios terminales, en aras de incrementar la seguridad operacional, la calidad en el servicio, el bienestar y la satisfacción del pasajero, y que es imperioso adoptar las acciones y estrategias para lograr la fluidez, calidad, oportunidad y seguridad en la transportación masiva de pasajeros, en los vuelos nacionales e internacionales. En este sentido, el artículo UNICO señala que queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México "Benito Juárez", para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga. Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros. De la misma forma, el decreto cuenta con 9 transitorios en el que entre los puntos más importantes se señala lo siguiente: PRIMERO. El decreto entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el DOF. QUINTO. Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México "Benito Juárez". SEXTO. El decreto no abroga al diverso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 1994, el cual establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México a partir del 1 de junio de 1994, para las operaciones de aeronaves que se indican, por lo que se mantiene vigente. SÉPTIMO. La declaratoria de saturación en el campo aéreo del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2014, permanece vigente. OCTAVO. La resolución por la que se declara la saturación de los edificios terminales del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2022, permanece vigente. NOVENO. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto, se deben cubrir mediante movimientos compensados, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto correspondientes en el presente ejercicio fiscal, y no se autorizarán recursos adicionales en el presente ejercicio ni en los subsecuentes.

    E173 El Dato Peque del Trueque: Día Internacional de las Aduanas

    Play Episode Listen Later Feb 21, 2023 2:56


    El 26 de enero se celebra el Día Internacional de las Aduanas. Las aduanas son el corazón del comercio internacional, regulan el tráfico migratorio de personas, controlan las mercancías que entran o salen de un país, recaudan impuestos, y son actores fundamentales para el combate a la evasión tributaria, al contrabando de mercancías, a la piratería, al tráfico de drogas entre otras. La creación de este día se decretó durante la primera sesión del Consejo de Cooperación Aduanera, celebrado en Bruselas, Bélgica. En la actualidad este organismo es conocido como la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Pero cómo nace la Organización Mundial de Aduanas, por un deseo de los países de relanzar el comercio mundial y proveer una plataforma de discusión sobre temas aduaneros, al término de la Segunda Guerra Mundial, nace la OMA. Es la única organización intergubernamental que se ocupa de los procedimientos aduaneros que rigen el comercio entre los países. Su objetivo es mejorar la efectividad y eficiencia de las administraciones aduaneras en las áreas de cumplimiento con las disposiciones en cuanto al comercio, protección de la sociedad y del cobro de impuestos. Actualmente, la OMA está integrada por 183 miembros representados por sus administraciones aduaneras, que cubren más del 98% del comercio mundial. Nueve de cada diez transacciones de circulación de mercancías pasan por las aduanas. Las aduanas están ubicadas en puertos marítimos, aeropuertos o terminales ferroviarios, así como en zonas fronterizas. Según el Reporte Anual de la OMA 2020-2021, hay 840,000 oficiales aduaneros trabajando en el mundo. El 16% de los Jefes de las administraciones de Aduanas son mujeres. De acuerdo con la OMA el 49% de las administraciones aduaneras utilizan el Sistema de Ventanillas Únicas. En el mundo, las aduanas asiáticas mueven el 70% de las mercancías totales, Europa representa el 13%. La OMC considera que el comercio es una herramienta vital, tanto para mejorar la oferta mundial de bienes y servicios como para reducir las emisiones netas de carbono nulas. Feliz día a todos los aduaneros.

    E172 El Dato Peque del Trueque: Sabías qué se pretende cerrar el AICM

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 5:22


    Se publicó para consulta el Decreto que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica. Consúltalo aquí: https://cofemersimir.gob.mx/portales/... ¿Cuál es tu opinión respecto a la medida que se encuentra en consulta en la página de COFEMER? En su contenido principal señala: DECRETO ÚNICO. Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga. Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Se instruye a la Agencia Federal de Aviación Civil actualizar las Bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2017, así como, incorporar el presente decreto en la Publicación de Información Aeronáutica (PIA). TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a realizar las acciones necesarias, a fin de revisar y modificar, en su caso, las concesiones del servicio al público de transporte aéreo nacional regular y no regular de carga. Se instruye a la Agencia Federal de Aviación Civil revisar y modificar, en su caso, los permisos del servicio al público de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga y, en su caso, autorizar las rutas relacionadas al artículo Primero del presente decreto. CUARTO. Se instruye al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., a realizar las gestiones correspondientes para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue, de conformidad con el presente decreto, lo establecido en las Bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación, así como lo dispuesto en las declaratorias señaladas en los transitorios Séptimo y Octavo del presente decreto. QUINTO. Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 90 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”. SEXTO. El presente decreto no abroga al diverso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 1994, el cual establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México a partir del 1 de junio de 1994, para las operaciones de aeronaves que se indican, por lo que se mantiene vigente. SÉPTIMO. La declaratoria de saturación en el campo aéreo del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2014, permanece vigente. OCTAVO. La resolución por la que se declara la saturación de los edificios terminales del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2022, permanece vigente. NOVENO. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, se deben cubrir mediante movimientos compensados, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto correspondientes en el presente ejercicio fiscal, y no se autorizarán recursos adicionales en el presente ejercicio ni en los subsecuentes.

    E171 El Dato Peque del Trueque: Baja del RESICO por incumplimiento de la presentación de declaración anual

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 2:20


    Para aquellos contribuyentes que tributan en el Régimen simplificado de confianza, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113-E y 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, todo contribuyente que incumpla con la presentación de la declaración anual en los plazos establecidos dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento, la autoridad actualizará las obligaciones de los contribuyentes, para que tributen desde el inicio del ejercicio en el régimen que le corresponda. De lo anterior se entiende que para aquellos contribuyentes que no hayan presentado su declaración anual en la fecha que corresponde, es decir, persona moral hasta el 31 de marzo del 2023 y persona física hasta el 30 de abril del 2023, la autoridad fiscal actualizará las obligaciones del contribuyente, con esto teniendo que presentar declaraciones complementarias desde el inicio del ejercicio fiscal cubriendo las diferencias a cargo más actualizaciones y recargos, por el motivo de la actualización de las obligaciones fiscales. Te recordamos que es muy importante presentar las declaraciones en tiempo y forma, con esto evitando sanciones por parte de la autoridad. Fundamento Legal: Artículo 27 del CFF. Artículo 113-E y 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Regla 3.13.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

    E170 El Dato Peque del Trueque: Reanudación y actualización para optar por el Régimen Simplificado de Confianza

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 2:11


    Para todos aquellos contribuyentes, personas físicas que reanuden actividades, podrán optar por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el artículo 113-E y 113-H fracción II de la Ley del ISR y 29, fracción VI del Reglamento del CFF, y presenten el aviso de reanudación de actividades. En caso de tratarse de persona moral que reanuden actividades, y que se encontraban tributando en el Título II o aplicando la opción de acumulación prevista en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, deberán presentar el citado aviso a efecto de tributar en términos del Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales. Aquellos contribuyentes que se encuentren vigentes en un régimen distinto al Régimen simplificado de confianza, podrán optar por migrar al Régimen simplificado de confianza, siempre y cuando presenten su aviso de actualización económica y obligaciones, cabe hacer mención que una vez que se haya optado por el cambio de régimen no podrá variarla en el mismo ejercicio. Cabe destacar que aquellos contribuyentes que deseen optar por cambiar de régimen tienen hasta el 31 de enero del 2023 para presentar su aviso, esto de acuerdo con el artículo 29 del reglamento del código fiscal de la federación. Fundamento Legal: Artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 113-H de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 206 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 29 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación Regla 3.13.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

    E169 El Dato Peque del Trueque: Solución a la Constancia de Situación Fiscal de los trabajadores para el timbrado de nómina 40

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 2:20


    De acuerdo con la regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación este 27 de diciembre del 2022, establece una facilidad para los contribuyentes que son emisores de CFDI con complemento de nómina, ya que pueden solicitar la información completa de sus colaboradores por medio del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La Regla establece lo siguiente: Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley. Cabe señalar que, por única ocasión, los contribuyentes que se encuentran obligados a emitir CFDI, podrán solicitar los datos del RFC por medio de la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A. Así, con esta facilidad, si tu colaborador aun no te proporciona su Constancia de Situación Fiscal o los datos que en ella provienen, la autoridad fiscal proporcionará dichos datos y el CFDI estará debidamente timbrado. Fundamento Legal: Artículo 27 del CFF 27, Artículo 23 y 26 del RCFF Regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. “En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

    E168 El Dato Peque del Trueque: Se amplía periodo de convivencia CFDI 33 y 40

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 1:16


    Según la Décima Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 publicada el 12 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, se reformó el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. Respecto al mencionado transitorio, se tiene que los contribuyentes obligados a expedir CFDIs podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y el CFDI de retenciones en versión 1.0 conforme anexo 20 hasta el 31 de marzo de 2023, mismo caso aplica para complementos. Por lo cual, el periodo de convivencia en dichos CFDIs se mantendrá por mayor tiempo; sin embargo, se recomienda que los contribuyentes empiecen a emitir el CFDI 4.0 para que puedan habituarse con los nuevos campos. Fundamento: Décima Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. “En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

    E167 El Dato Peque del Trueque: Tasa mensual de recargos 2023

    Play Episode Listen Later Jan 21, 2023 1:10


    Para este 2023 la tasa mensual de recargos según la resolución miscelánea fiscal para 2023 publicada en el Diario Oficial de la Federación será de 1.47 %, recuerda cumplir a tiempo con tus obligaciones fiscales y evita recargos en tus contribuciones fiscales. Fundamentación: Regla 2.1.21 Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

    E166 El Dato Peque del Trueque: Aumentan los días de Vacaciones

    Play Episode Listen Later Jan 4, 2023 2:14


    De acuerdo con el decreto publicado este 27 de diciembre del 2022 en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones. De acuerdo con el artículo 76 reformado, se establece que toda persona trabajadora que tenga más de un año de servicios disfrutará de un periodo anual de vacaciones pagadas, que no podrá ser inferior a doce días laborables, las cuales aumentaran en dos días laborables hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicio. Cabe hacer mención que cuando el trabajador cumpla 6 años laborando, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios. Quedando como sigue: Años laborados Días de vacaciones 1 12 2 14 3 16 4 18 5 20 De 6 a 10 años 22 De 11 años a 15 24 Por otra parte, de acuerdo con el artículo 78 reformado, en el cual se establece que todo trabajador, de acuerdo a los días de vacaciones que le correspondan conforme al artículo 76, podrán disfrutarlos de manera continua, o bien podrán distribuirlos en la forma y el tiempo que así lo requieran. De acuerdo con el artículo 1 transitorio del decreto, se establece que la vigencia de la entrada en vigor será el 1 de enero de 2023. Fundamento legal: Artículo 76 y 78 Ley Federal del Trabajo. DECRETO por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.

    E165 El Dato Peque del Trueque: Resumen de modificación de diversos anexos de las RGCE Anexo 2

    Play Episode Listen Later Dec 6, 2022 3:09


    El 28 de noviembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los “Anexos 2, 4, 7, 8, 9, 10, 12, 14, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 25, 27 y 28 de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, publicada el 23 de noviembre de 2022”. A continuación, se presenta un resumen de las modificaciones realizadas a los 17 anexos:Anexo 2 Trámites de comercio exteriorSe modifican 2 fichas de trámite de la fracción segunda del Anexo 2 como a continuación se señala:28/LA Solicitud para el despacho directo, acreditación de representante legal y auxiliares.Se simplifica sintaxis en apartados, es decir hay cambios de redacción en apartados como el de “¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?”El cambio que más impacta respecto a su publicación anterior es el cambio de dirección para la presentación, pues anteriormente se presentaba ante la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México. Con esta nueva publicación se deberá acudir a la Oficialía de Partes de la Dirección General Jurídica de Aduanas, ubicada en Paseo de la Reforma No. 10, Planta Baja, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México.129/LA Autorización de donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero a través de Ventanilla Digital (artículo 61, fracción XVII de la Ley).En el apartado de condiciones con las que se debe cumplir se reforma y pasa de estar de conformidad con la regla 2.2.12, fracción I del “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus respectivas modificaciones, a estar de conformidad con la regla 2.2.12, fracción I del "Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09 de mayo de 2022 vigente.Para la atención referente a quejas y denuncias pasa de tener el número 84-42-87-38-03 y para otros países al 55-88-52-22-22.

    E164 El Dato Peque del Trueque: Salarios mínimos generales para el 2023

    Play Episode Listen Later Dec 1, 2022 3:54


    El día de hoy 1 de diciembre de 2022 se comunicó por medio de la conferencia matutina el incremento del salario mínimo general para 2023, mismo incremento que podemos visualizar en el boletín 11/2022 publicado el 24 de noviembre del 2022 por Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).Como antecedente se tiene que de acuerdo con la Política de recuperación de los salarios mínimos del Gobierno de México se logró un aumento de 16.2% en 2019; para 2020 alcanzó 20%; en 2021 fue de 15%, del 22% para el 2022 y un 20% para 2023, mediante la cual el salario pasó en 5 años de 88 pesos a 207 pesos diarios.Para la Zona Libre de la Frontera Norte, en donde se dio un aumento del 100% en 2019; de 5% en 2020; 15% en 2021 , 22% en el 2022 y un 20% para 2023, pasando de 88 pesos a 312.41 pesos diarios a lo largo de 5 años.El aumento para el 2023 es de un 20% del salario mínimo el cual es aplicable para la zona libre de la frontera norte como para el resto del país.El incremento del salario mínimo en la zona general incrementa de $172.87 a $207.44 El incremento de salario mínimo en la zona libre de la frontera norte incrementará de $260 a $312.41La finalidad del incremento al salario mínimo general es debido a que se busca el aumento del poder adquisitivo, ya que los salarios competitivos aumentan el poder de adquirir bienes y servicios de una manera más dinámica o bien poder tener la capacidad de ahorro. Así mismo, para los empresarios dichos aumentos en el salario significan un incremento significativo en el pago de sus contribuciones relativas a la nómina, ya que de dichos salarios mínimos surgen las bases para el cálculo y entero de contribuciones como lo son del IMSS, INFONAVIT, ISIN, retención de salarios etc, ya que desde 2018 a 2023 el incremento en salarios mínimos ha sido para la zona general un aumento de $119.08 y para la franja fronteriza de $224.05 significando esto un incremento porcentual del 134.67% y del 253.56 % respectivamente, De manera paralela, la Unidad de Medida de Actualización (UMA) ha incrementado de 2018 a 2023 de $80.60 a $96.22, en porcentaje se refleja un incremento del 19.37%, siendo dicha unidad la base para el cálculo de multas, créditos de INFONAVIT, cuotas al IMSS por mencionar algunas.Asimismo las UMAS se aplican para las exenciones establecidas en nómina, al no incrementar su valor considerablemente respecto a los incrementos salariales también surge una brecha para los empresarios, que si bien tiene su lado positivo, también tiene su lado negativo.Dr. Octavio de la TorreCEO TLC Asociados

    E163 El Dato Peque del Trueque: Condonación de multas y recargos en servicio de agua para el Estado de Baja California Norte

    Play Episode Listen Later Nov 30, 2022 3:34


    Con fecha del 18 de noviembre del 2022, se publicó en el periódico oficial del Estado de Baja California, Tomo CXXIX, el DECRETO EJECUTIVO mediante el cual se condona hasta el 100% de los recargos y multas generados por el pago oportuno de los derechos de consumo de agua, que se hayan generado con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto.Con la finalidad de apoyar a las familias de Baja California que han aumentado sus pasivos por la falta de pago del servicio doméstico de agua potable lo que ha venido generando recargos y multasen en su perjuicio, es por ello que se ha tomado la decisión de condonar hasta el 100% de los recargos y multas por dicho concepto.En el artículo primero del decreto se establece que se condona a los usuarios del servicio medido de uso doméstico, comercial, industrial gubernamental y otros domésticos, el 100% de los recargos y multas generado por el pago oportuno de los derechos por consumo de agua.Cabe hacer mención que, de lo descrito en el párrafo anterior, será aplicable siempre y cuando se cubran en una sola exhibición el pago de los derechos por consumo de agua que se hayan generado a su cargo a más tardar el 31 de diciembre del 2022.

    E162 El Dato Peque del Trueque: El SAT informa sobre la prórroga para la emisión del CFDI en su versión 40 y de la aplicación

    Play Episode Listen Later Nov 29, 2022 2:39


    Con la finalidad de que las personas contribuyentes, físicas y morales, puedan contar con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0, se extiende la facilidad para emitirlos en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.

    E161 El Dato Peque del Trueque: Tendencias de contrabando de mercancías

    Play Episode Listen Later Nov 2, 2022 3:27


    El pasado mes de julio, CBP llevo a cabo la “Cumbre sobre la facilitación del comercio y seguridad de la Carga 2022” en la ciudad de Anaheim, California, en Estados Unidos. Dentro de esta conferencia se mencionaron algunas de las nuevas tendencias detectadas para el ingreso de mercancías y/o productos ilegales a EEUU.De acuerdo con los datos proporcionados en las conferencias de CBP, el 37% de los narcóticos incautados durante 2021 estaban ocultos en cargas legítimas de productos de empresas. Un porcentaje considerable (35.7%) de los contrabandos fueron realizados dentro de las instalaciones. Asimismo, 58 incidentes estuvieron relacionados a un indebido cumplimiento del requerimiento de los Socios Comerciales. El 32% de los incidentes resultaron debido a una inadecuada implementación de las actividades de seguridad de las empresas.Los miembros de CTPAT deben de permanecer en cumplimiento de los criterios establecidos por el programa, así como realizar sus actividades de seguridad para garantizar la seguridad de sus operaciones. A pesar de ello se han detectado nuevas formas que los grupos delictivos utilizan para contaminar las cargas de las empresas para el cruce ilegal de productos, como son:El robo de las cargas, utilizando una carga legítima para mezclar y esconder productos ilegales.Otra nueva tendencia mencionada en la conferencia es ocultar productos en las estructuras del vehículo, especialmente en los paneles de refrigeración.Utilizar otros GPS en la carga de contrabando para evitar que sea detectada fácilmente.Así como clonar vehículos para el cruce de mercancía, rotulando el vehículo para que simule que sea de una compañía de transportistas autorizada.Los criterios mínimos de seguridad de CTPAT establecen como uno de los puntos críticos la seguridad de los vehículos destinados al comercio exterior. Por ello, y con el fin de mantener la cadena de suministros segura, las empresas deben de conocer cuáles son las nuevas formas del contrabando para que realicen acciones correctivas e inspecciones necesarias para evitar formar parte de una contaminación y cruce de mercancía .Contacta a TLC Asociados para conseguir la certificación CTPAT y conocer cuáles son las acciones correctivas necesarias para mitigar estas nuevas tendencias y evitar ser parte de un contrabando.

    E160 El Dato Peque del Trueque: ¿Qué incluye el Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación de la canasta básica?

    Play Episode Listen Later Oct 26, 2022 11:46


    El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informó que, para septiembre de 2022, la inflación general anual en México se situó en 8.70%, lo que significó un aumento de 0.62% respecto de la del mes previo, con el propósito de evitar situaciones económicas negativas es pertinente continuar con la implementación de medidas que contrarresten los efectos de la tendencia inflacionaria, por lo que resulta necesario exentar temporalmente el pago de arancel y establecer facilidades administrativas en el procedimiento de importación de diversos productos que forman parte de la canasta básica, incluido el papel higiénico, y otros productos como fertilizantes e insumos que se utilicen para la elaboración de envases para bebidas y alimentos.La exención del pago de arancel de importación, así como las facilidades administrativas otorgadas a los importadores, deben verse reflejadas en el precio al consumidor final de las mismas, en caso contrario, no se cumpliría con el propósito que consiste en contrarrestar los efectos sobre los precios derivados de la tendencia inflacionaria.Las facilidades administrativas para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias no eximen a las personas físicas o morales importadoras de cumplir con las obligaciones y con la calidad necesaria para proteger la vida y la seguridad de todas las personas, particularmente las aplicables en el ámbito fitosanitario y zoosanitario, lo cual se refleja en el compromiso que estos asumen al manifestar, bajo protesta de decir verdad, que las mercancías cumplen con las condiciones sanitarias y de inocuidad alimentaria conducentes, que cuentan con las certificaciones correspondientes, que conocen las sanciones y responsabilidades en que incurrirían por declarar datos falsos ante la autoridad, y que los datos asentados en la referida manifestación son verdaderos.Para acogerse a los beneficios señalados con anterioridad, será necesario que los importadores cuenten con la Licencia Única Universal, para lo cual deben estar inscritos y activos en el padrón que para tales efectos se creará, integrado por aquéllos que cumplan con los requisitos establecidos por el presente decreto y por las reglas de carácter general que al efecto se emitan, entre los que destaca que, con anterioridad hayan importado las mercancías de que se trate y, por tanto, cuentan con experiencia en el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias y en la adquisición de productos con estándares o certificaciones que aseguran dicho cumplimiento, lo que refleja su compromiso con la seguridad alimentaria y con los consumidores y su interés en mantener la calidad de sus productos.En este sentido, el 19 de octubre se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el “DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican”. El decreto se conforma por seis artículos y cuatro transitorios.Lo dispuesto en las reglas 1.3.8., 1.3.9., 1.3.10. y 1.3.11. será aplicable a partir del día siguiente al de su publicación en el Portal del SAT en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2022 y hasta el 28 de febrero de 2023; en el supuesto previsto por el segundo transitorio del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica e insumos que se indican”, publicado en el DOF el 19 de octubre de 2022, será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023.

    E159 El Dato Peque del Trueque: El SAT informa facilidad para la reducción de pago de multas

    Play Episode Listen Later Sep 8, 2022 2:35


    El 31 de agosto del 2022 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el comunicado 04/2022 en el cual informa que la autoridad emitió una facilidad que permite hasta el 100 por ciento de la reducción de multas para todos aquellos contribuyentes que cuenten con multas fiscales por incumplimiento de declaraciones de períodos anteriores al ejercicio 2022, para poder ser acreedor al beneficio de la reducción de multas los contribuyentes deberán estar al corriente con sus obligaciones fiscales.Los contribuyentes que pueden obtener este beneficio son:1. Contribuyentes que recibieron notificación de la multa, pero no recibieron el requerimiento de cobro, la reducción será del 100%.2. Contribuyentes que recibieron notificación de multa y recibieron requerimiento de cobro la reducción será de acuerdo con la siguiente tabla:Notificación de la multa Porcentaje de reducciónMenos de 1 año 90%Más de 1 año hasta 2 años 80%Más de 2 años, hasta 3 años 70%Más de 3 años, hasta 4 años 60%Más de 4 años, hasta 5 años 50%Más de 5 años 40%Los contribuyentes que opten por la facilidad recibirán vía Buzón Tributario la línea de captura, la cual estará disponible hasta el 9 de septiembre, una vez que se venza deberán solicitar una nueva línea de captura. ¿Cómo obtener el formato de pago?1. Ingresar a la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/328...2. Seleccionar la opción “Servicio o solicitudes/solicitud/REDUCCIÓN DE MULTAS VIG 74 CFF”3. Por medio del Marca SAT 55 6272 2728, marcar la opción 9 y después 1.Una vez registrada su solicitud, se le hará llegar un formato de pago a través de la cuenta de correo que proporcione.Vigencia:Estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2022.Fuente:● Comunicado del SAT 04/2022

    E158 El Dato Peque del Trueque: Reunión informativa con SE Programa Piloto Empresa Cumplida en Comercio Exterior (ECCE).

    Play Episode Listen Later Sep 8, 2022 4:23


    La Confederación, mediante la Vicepresidencia de Asuntos Fiscales y la de Comercio Exterior llevó a cabo reunión virtual con la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) de la Secretaría de Economía, a cargo de la Lic. Dora Rodríguez Romero, con el objetivo de disipar dudas sobre la convocatoria al programa “Piloto de la Empresa Cumplida en Comercio Exterior” (ECCE), lanzada en el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) el pasado 16 de agosto.En dicha reunión se mencionó que la inscripción es voluntaria, y quienes deseen formar parte deben manifestar su interés al correo electrónico: empresa.cumplida@economia.gob.mx antes del 30 de septiembre de 2022. De las empresas solicitantes se seleccionarán 50, procurando que éstas sean de diferentes sectores y tamaño. La empresa que realice su inscripción deberá informar, en el correo, si cuentan con alguna certificación autorizada, así como adjuntar el cuestionario que se dio a conocer en el micrositio del SNICE. Se recomienda que, en caso de estar en disposición, se adjunte información que acredite los puntos señalados en el cuestionario ya que esto permitirá a la autoridad valorar y agilizar la selección de las 50 empresas. El adjuntar la documentación no garantiza que la empresa sea seleccionada, ni tampoco afecta si no es proporcionada.Del 1 octubre al 31 de diciembre del 2022 se darán a conocer las empresas seleccionadas, a través de la información de contacto proporcionada, de igual forma se publicará en el SNICE.Se calcula que el análisis del piloto se llevé a cabo durante todo el 2023 y el programa inicié de manera formal en el 2024 no siendo óbice mencionar que previo a esto se realizará la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de todos los requisitos y paquete de beneficios completo.En cuanto a los beneficios, en el programa piloto solo se implementarán algunos por parte de la Secretaría de Economía (mismos que aún se desconocen) y poco a poco se irán incrementando derivado del trabajo conjunto de Economía con las demás dependencias. Se adelantó que el programa contará con distintas fases para su obtención, ya que no se espera que las empresas cumplan con la totalidad de requisitos en una sola exhibición. También, se contempla la realización de visitas presenciales a las empresas aplicantes, de manera aleatoria.En caso de tener alguna duda o comentario agradeceremos sea enviada al correo: otorre@concanaco.com.mx

    E157 El Dato Peque del Trueque: Comité Nacional de Facilitación del Comercio

    Play Episode Listen Later Sep 8, 2022 3:10


    El día de hoy 29 de agosto de 2022 se publica el ACUERDO que modifica al diverso por el que se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio.Algunos puntos interesantes:1.- Desde el 22 de enero de 2021 se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, incorporando meses más tarde a la SEMAR, también a la Agencia Nacional de Aduanas de México. En la estructura del Comité participan:I. Secretaría de Relaciones Exteriores;II. Secretaría de la Defensa Nacional;III. Secretaría de Marina;IV. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;V. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;VI. Secretaría de Energía;VII. Secretaría de Economía;VIII. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;IX. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, X. Secretaría de Salud."También lo integran con el carácter de invitados permanentes con derecho a voz, a representantes del: 1.- Banco de México,2.- Servicio de Administración Tributaria, 3.- Agencia Nacional de Aduanas de México, 4.- Comisión Nacional de Mejora Regulatoria,5.- Comisión Federal de Competencia Económica.Incluso podrán ser invitados a las sesiones del Comité solo con voz, a los representantes del sector privado:1.- Consejo Coordinador Empresarial; 2.- Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; 3.- Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología, A.C.; 4.- Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos; 5.- Consejo Nacional Agropecuario, A.C; 6.- Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana, A.C, 7.- Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales.Recordemos que el objetivo de este comité es facilitar la coordinación entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio, con base en la normatividad nacional e internacional aplicable.La modificación al Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    E156 El Dato Peque del Trueque: El SAT reitera plazo para la no aplicación de multas y sanciones en uso de factura con Carta Porte

    Play Episode Listen Later Sep 8, 2022 2:38


    El 29 de marzo del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la “TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022”, en dicha publicación en su cuarto transitorio se reforma el Transitorio Cuadragésimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021, para ampliar la fase de transición hasta el 30 de septiembre de 2022, en la cual no serían aplicadas específicamente las infracciones y presunciones de delitos en términos de los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, y por consiguiente, se entiende que estarían cumpliendo con la normativa del CFDI con Complemento Carta Porte, aun cuando no contaran con los requisitos emitidos por el SAT.Sin embargo, el 22 de agosto se publicó en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el comunicado 038/2022 en el que se amplía al 31 de diciembre el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que dicha factura no se emita con su complemento Carta Porte.Asimismo, el objetivo de la ampliación del plazo es que el sector de transporte se adapte al uso de la factura electrónica con su antes mencionado complemento.Es importante considerar lo siguiente:- La prórroga a la que se hace referencia es un recordatorio e invitación para implementar la factura con complemento carta porte.- La obligación de emitir la factura con complemento carta porte está vigente desde el 1 de enero de 2022.- La prórroga sólo es para evitar la sanción correspondiente por no emitir el CFDI y Complemento Carta Porte con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.No obstante, hay que considerar que, si bien es cierto te permite evitar sanciones por errores en el llenado, hay que tener en cuenta que para efectos de trámites de devoluciones de saldos a favor de impuestos o acreditamiento puede ser un riesgo no emitirla o emitirla de manera incorrecta.

    E155 El Dato Peque del Trueque: ACUERDO que se dan a conocer Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación

    Play Episode Listen Later Aug 23, 2022 4:21


    El día de hoy 22 de agosto de 2022 se publicó en el DOF el “ACUERDO por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación”.⁃ Recordemos que recientemente se instrumento en nuestro país la "Séptima Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías", aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera de la Organización Mundial de Aduanas.⁃ En nuestra Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) se establece que la clasificación de las mercancías estará integrada por las fracciones arancelarias y el número de identificación comercial (NICO), el cual estará compuesto por 2 dígitos, los cuales se colocan en la posición posterior de la fracción arancelaria que corresponda que se declare, y que estarán ordenados de manera progresiva iniciando del 00 al 99.La justificación (finalidad) para la implementación de este esquema es:✓ Contar con datos estadísticos más precisos.✓ La consideran una herramienta de facilitación comercial permite separar la función de inteligencia comercial y estadística de la función reguladora, tanto en el aspecto arancelario como en el de regulaciones y restricciones no arancelarias.Recordemos que el Cuarto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, establece que la Secretaría de Economía dentro de los 40 días naturales posteriores a la publicación del mismo, deberá publicar los números de identificación comercial, así como las tablas de correlación. Este decreto se compone por 3 Artículos y 2 transitorios.En el artículo primero nos da a conocer los números de identificación comercial (NICO) en los que se clasifican las mercancías en función de las fracciones arancelarias y las anotaciones de los NICO:Mientras que en el artículo segundo, nos presenta la correlación entre los NICO vigentes tanto previos como posteriores, resaltando que la correlación es indicativa, no crea derechos, no prejuzga sobre la clasificación arancelaria aplicable a las mercancías, y tampoco constituye un criterio de clasificación arancelaria, será la siguiente: Por su parte el artículo tercero, cobra relevancia al confirmar que para la correcta clasificación de las mercancías se considerará:1. Las anotaciones de los NICO referidas en el artículo primero del presente Acuerdo.2. Las Reglas Generales para la interpretación de la Tarifa contenida en la fracción I del Artículo 2º de la LIGIE, y3. Las Notas Nacionales del Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Nacionales de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación serán igualmente válidas para ubicar dentro de cada fracción arancelaria el Número de Identificación Comercial aplicable.Finalmente en los transitorios se establece que entrará en vigor paralelamente a la LIGIE publicada el 7 de junio pasado.Asimismo, está publicación abroga el Acuerdo de los (NICO) y sus tablas de correlación publicado en noviembre de 2020 y sus posteriores modificaciones.Dr. Octavio de la Torre.Presidente de TLC Asociados.

    E154 El Dato Peque del Trueque: Como diría Shakespeare Aplicar o no Aplicar para la Certificación de Empresa Cumplida en CE de SE

    Play Episode Listen Later Aug 23, 2022 14:12


    Para nosotros en un entorno de cumplimiento existe una gran diferencia entre lo visible y lo invisible en materia fiscal, comercio exterior y aduanas. El análisis y reflexión correcta para cumplir no es exclusivamente de cómo estamos o estábamos, sino respecto a cómo debemos estar.Para que no te digan experto por los errores que cometes te prepare este dato peque para que implementes un sistema de gestión de cumplimiento bajo el modelo R3 (Realidad, Riesgo y Rendimiento de nuestro grupo)¿Qué es el Sistema de cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas? Es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.Este Plan de compliance debe estar integrado por un conjunto de políticas, medidas, procesos y controles internos que se establecen en la organización.Estas medidas funcionan como una especie de barrera ante la posible responsabilidad directa o solidaria que se pudiera derivar del incumplimiento normativo o contractual que realice la empresa, o las personas relacionadas directamente con ella, generando evidencias que permiten acreditar que se implementaron esquemas que diminuyeran o eliminaran la posibilidad de cometer algún ilícito.Aparte de la prevención de delitos, el objetivo secundario de estos planes es fomentar la creación de una cultura ética en la empresa que integre el cumplimiento normativo en la estructura básica de la organización, de manera que se fomente el desarrollo de una empresa responsable y comprometida con el cumplimiento normativo. En 10 pasos fundamentales como implantar un programa de compliance en tu negocio o empresa. Son los siguientes:Primer paso para implementar un programa de compliance exitoso.1. Selecciona el equipo de trabajo que te acompañará.2. Analizar y evaluar los riesgos 3. Tercer paso: Diseño de protocolos y procedimientos4. Cuarto paso: Crear un código ético5. Quinto paso: Abrir canales de denuncia internos6. Sexto paso: Diseñar modelos de respuesta ante la comisión de delitos7. Séptimo paso: Formar y sensibilizar a los miembros de la empresa8. Octavo paso: Establecer un registro de incidencias9. Noveno paso: Realizar auditorías periódicas10. Decimo paso: Certificar el plan de complianceVentajas de elaborar un modelo de compliance con TLC AsociadosLos beneficios de contar con un plan anual de compliance son muy variados:1) Disminuye o incluso erradica casi por completo la responsabilidad penal de las empresas ante la comisión de delitos en su seno, o por personas físicas directamente relacionadas con ellas.2) Genera un efecto de conciencia, ya que los miembros de la empresa conocerán las responsabilidades que recaen sobre ellos. 3) Permite detectar aquellos comportamientos o prácticas de los empleados que podrían suponer un delito o que incurran en incumplimientos de la normativa.4) Mejora la organización interna de la empresa, estableciendo los cauces necesarios para una operativa transparente.5) Contribuye a mejorar la reputación de la empresa de cara a clientes, proveedores, socios, inversores o autoridades y administraciones públicas.6) Establece una base sólida para el conocimiento, estudio y análisis de todas las normativas que pueden afectar a la organización, evitando los incumplimientos por desconocimiento.7) Ofrece beneficios de cara a generar negocios sólidos, obtener más clientes, licitaciones o subvenciones públicas.

    E153 El Dato Peque del Trueque: Convocatoria Empresa Cumplida en Comercio Exterior (ECCE) por Sria. Economía

    Play Episode Listen Later Aug 16, 2022 13:15


    La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), de la Secretaría de Economía, publica en el portal de SNICE la invitación para participar en el “Piloto de la Empresa Cumplida en Comercio Exterior” (ECCE), a través del cual busca generar un modelo de acreditación de Mejores Prácticas en materia de cumplimiento normativo de Comercio Exterior por parte de las empresas establecidas en México que realizan operaciones de comercio exterior. Se pretende que “Programa de la Empresa Cumplida en Comercio Exterior” aproveche la experiencia de distintos modelos internacionales implementados por nuestros socios comerciales de México y los compromisos contraídos por México en la Organización Mundial de Comercio, con el fin de reducir costos al comercio exterior tanto para el sector público como para el sector privado y buscar ser más competitivos. Puedes enviar un correo para participar en este programa piloto al correo electrónico dgce.tramites@economia.gob.mx antes del 30 de septiembre de 2022. Menciona que de las solicitantes serán seleccionarán 50 (cincuenta) procurando que éstas sean de diferentes sectores y tamaño. La selección se comunicará a través de la información de contacto proporcionada a través de correo electrónico y se publicará en el SNICE. Recordemos que la facilitación del comercio refiere a la reducción, simplificación, modernización y armonización de las formalidades y los procedimientos de importación, exportación, incluido el tránsito y la puesta en circulación de mercancías; Que la facilitación del comercio tiene como finalidad eliminar aquellos procedimientos, trámites y requisitos que resultan ineficientes, estas medidas se pretende que se tenga repercusión en la transparencia, simplificación, armonización y estandarización de documentos y procedimientos aduaneros.Este esquema de certificación prentende identificar posibles riesgos legales, a través del análisis del cumplimiento de las obligaciones que le imponen los Acuerdos y tratados internacionales, las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, reglas y otros instrumentos, a efecto de evaluarlos, estableciendo prioridades y la manera de solucionarlos, reduciendo el impacto que causan.El Piloto de Empresa Cumplida en Comercio Exterior se basa firmemente en la asociación de las autoridades con las empresas, bajo los siguientes principios: • Integridad • Transparencia • Proporcionalidad • Rendición de cuentas • Responsabilidad • Auto-regulación Existen requisitos para participar en este esquema, entre ellos:a) Haber realizado operaciones de comercio exterior durante los últimos 3 años. b) No contar con créditos fiscales firmes. c) Demostrar cumplimiento en sus operaciones de comercio exterior. d) No deberá haber querella o denuncia penal en contra de los socios o accionistas, representante legal o integrantes de la administración, o en su caso, declaratoria de perjuicio, durante los últimos 3 años anteriores. e) Contar con estructura organizacional y personal calificado para la administración del Piloto de Empresa Cumplida en Comercio Exterior. f) Haber implementado un sistema de gestión de cumplimiento normativo. g) Contar con al menos una autoevaluación o auditoría interna en los últimos doce meses. En cuanto a los criterios que establece el documento en una primera fase se basan en modelos ya existentes en terminos de cumplimiento, recuerda que tenemos una serie de consejos utiles para implementar un modelo de cumplimiento.Pero van desde I. Elementos de Análisis de Riesgo II. Criterios en materia de Comercio Exterior III. En materia Fiscal IV. Laboral Este proceso pretende contar conun mecanismo de la autoevaluación atraves de un cuestionario de autoevaluación que forma parte de la publicación. Posteriormente procedimiento de autorización la Secretaría de Economía, a través de la DGFCCE llevará a cabo una auditoría a efecto de validar los criterios que menciona y estara en posibilidad de emitir Resolución del dictamen. Cuando se refieren a una auditoria establecen que sera una revisión de gabinete en donde revisaran los criterios normativos y podran requerir alguna información o documentación faltante.El resultado del dictamen será 1. Favorable con tres modalidadesa. Sin o Con observaciones b. Sin recomendaciones c. Con recomendaciones 2. No favorable. Cuando se determine un no cumplimiento. En el caso de nuestros colaboradores y aliados, estos mecanismos de mejores practicas se han implementado desde hace más de 10 años permitiendo privilegiar la continuidad en los negocios de nuestros clientes, con integridad, inclusión, diversidad y etica enfocada en identificar y disminuir riesgos.Cómo primer ejercicio el esquema que establece la Secretria de Economia es importante y positivo en beneficio.

    E152 El Dato peque del trueque: Lineamientos para la transmisión electrónica del Documento de Valor y Comercialización

    Play Episode Listen Later Aug 16, 2022 3:10


    Los Lineamientos para la transmisión electrónica del Documento de Valor y Comercialización publicados por la Agencia Nacional de Aduanas de México recientemente se encuentran integrados por 8 puntos y 1 anexo:1. introducción2. Objetivo.3. Marco jurídico.4. Vigencia.5. Acrónimos y definiciones.6. Consideraciones generales.7. Transmisión del documento de valor y comercialización. 6.1 Generación del Documento de Valor y Comercialización. 6.2 Modificación del Documento de Valor y Comercialización. 6.3 Baja de Documento de Valor y Comercialización.8. Transmisión del documento de valor y comercialización mediante web service.Y el ANEXO A. Que se refiere a la Transmisión del documento de valor y comercialización mediante Servicio Web.Los lineamientos destacan que en términos de lo señalado en los artículos 6o, 36 y 36-A de la Ley Aduanera, se establece la obligación de transmitir por medios electrónicos y tecnológicos a través del sistema electrónico aduanero por sus siglas SEA, un pedimento que contenga diversa información, esto con la finalidad de que se active el mecanismo de selección automatizado y se presenten las mercancías ante la aduana de entrada o de salida de territorio nacional.Los obligados a realizar esta actividad en principio son;1. El agente aduanal, 2. a la agencia aduanal, y 3. quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional para destinarlas a un régimen aduanero.Estos lineamientos cobran relevancia toda vez que artículo 59-A de la Ley Aduanera, establecen la obligación de transmitir mediante documento electrónico a las autoridades aduaneras la información relativa al valor de las mercancías que pretendemos introducir o extraer de territorio nacional y, en su caso, demás datos relacionados con su comercialización, actividad previa al despacho aduanero.Al ser una obligación que para su debido cumplimiento es necesario el uso de la tecnología, la ANAM a través del citado documentos nos da a conocer las especificaciones tecnológicas y de operación para la generación y transmisión del Documento de Valor y Comercialización.Es una actividad muy importante que debes de atender para prevenir riesgos y evitar sanciones o desenlaces que impacten tu patrimonio y continuidad de negocio.Dr. Octavio de la Torre.

    E151 El Dato peque del trueque: Aduanas habilitadas para ingresar con TAG en carriles automatizados Sistema Electrónico Aduanero

    Play Episode Listen Later Aug 16, 2022 3:41


    Con el fin de proporcionar una mayor atención a los usuarios que realicen operaciones utilizando el dispositivo tecnológico TAG en carriles automatizados, se informa que se estarán habilitando de manera escalonada, durante el mes de agosto, las aduanas que cuentan con tecnología RFID, conforme lo siguiente:Primera semanaAduana de TolucaAduana de TijuanaAduana de QuerétaroAduana de Monterrey – Aeropuerto InternacionalAduana de Manzanillo – Zona NorteAduana de Reynosa – Puente Nuevo Amanecer SedeAduana de Matamoros – Puente Zaragoza, “Los Tomates”Aduana de TecateAduana de Hidalgo (Suchiate II)Aduana de la Ciudad de México (Pantaco)Segunda semanaAduana de Guadalajara – SedeAduana de Guadalajara – IntermodalAduana de Aguascalientes – Interpuerto de San Luis PotosíAduana de Nuevo Laredo – Puente IIIAduana de ColombiaAduana de CamargoAduana de Miguel AlemánAduana de GuanajuatoAduana de Manzanillo – SedeAduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM)Tercera semanaAduana de Puebla – AeropuertoAduana de Juárez – Sección ZaragozaAduana de Juárez – Sección San JerónimoAduana de Matamoros – Sección Lucio BlancoAduana de Ojinaga – Puerta InternacionalAduana de Puerto PalomasAduana de Piedras NegrasAduana de Nogales – Puente IIIAduana de Ciudad AcuñaCuarta semanaAduana de EnsenadaAduana de MexicaliAduana de GuaymasAduana de Chihuahua – SedeAduana de Chihuahua – AeropuertoAduana de TampicoAduana de Dos BocasAduana de Subteniente LópezQuinta semanaAduana de CoatzacoalcosAduana de Lázaro CárdenasAduana de ProgresoAduana de VeracruzAduana de TuxpanAduana de Ciudad Juárez – CórdobaCon esta estrategia y la dada a conocer mediante el boletín técnico informativo número 17 del 22 de julio del actual, se facilita la incorporación al Sistema Electrónico de Aduanas – Aviso de cruce, que inicia operaciones el 1 de agosto del presente.En caso de tener alguna duda relacionada con la funcionalidad del SEA-AVC, se pone a su disposición el correo electrónico sistemas.despacho@anam.gob.mx

    E150 El Dato peque del trueque: Importación de muestras para fines de certificación

    Play Episode Listen Later Aug 16, 2022 3:36


    El pasado 9 de mayo del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo de Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, en este sentido, la regla 2.4.11, fracción XI de dicho acuerdo, establece que no se exigirá el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) cuando se importen muestras siempre y cuando se importen con el objeto de someterlas a las pruebas de laboratorio necesarias para obtener la certificación o la dictaminación del cumplimiento de las NOMs de producto o de información comercial según sea el caso.Derivado de lo anterior, el 21 de junio del 2022 se publicó en la página del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), el boletín número 004 que señala los requisitos que deberán cumplir quienes deseen importar muestras para fines de certificación:El número de muestras a importar no deberá exceder de tres o, en su caso, al número de muestras que determine la NOM correspondiente.Declarar en el pedimento de importación antes de activar el mecanismo de selección automatizada, el identificador EN del Apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas del SAT, que identifique la mercancía.Declarar la fracción arancelaria 9806.00.01 para la importación de muestras.Transmitir en documento electrónico o digital como anexo al pedimento, una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique, de conformidad con la citada regla, cuál es el esquema de certificación o dictaminación aplicable, nombre del organismo de certificación o unidad de inspección, así como cuántas muestras son requeridas para las pruebas correspondientes, o bien, el documento expedido por el organismo de certificación o unidad de inspección que establezca que se trata de muestras para someter a pruebas del laboratorio para obtener la certificación o la dictaminación según se trate.Derivado de la publicación realizada por la Secretaría de Economía, se sugiere cuidar el cumplimiento de todos los puntos en caso de realizar las importaciones de muestras para no incurrir en alguna sanción.Fuente: https://www.snice.gob.mx“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

    E149 El Dato peque del trueque: Días inhábiles para el SAT 2022

    Play Episode Listen Later Jul 19, 2022 1:28


    En la quinta resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1-a y 14 segunda versión anticipada en la regla 2.1.6. indica los días inhábiles para el Servicio de Administración Tributaria como sigue:2.1.6.I. El primer periodo general de vacaciones del 2022, comprende los días del 18 al 29 de julio de 2022.De lo anterior, el contribuyente debe tomar en cuenta dicho periodo de vacaciones para los trámites que tenga con la autoridad, ya que los mencionados periodos de vacaciones no se computarán plazos y términos legales, trámites y procedimiento.Fundamentación:● Quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022 y sus anexos 1-a y 14 segunda versión anticipada● Código Fiscal de la Federación 12, 13, ● Ley Aduanera 18, ● Ley de Coordinación Fiscal 13, 14

    E148 El Dato peque del trueque: Toma tus precauciones, el TFJA iniciará su periodo vacacional este 15 de julio de 2022

    Play Episode Listen Later Jul 18, 2022 1:45


    El Tribunal de Justicia Administrativa iniciara su primer periodo vacacional, el cual comprenderá del viernes 15 de julio al viernes 29 de julio, periodo en el cual no correrán plazos ni términos, reanundando sus actividades jurisdiccionales el día 1 de agosto del presente año. En atención a lo anterior, es necesario que consideres que, si tienes alguna promoción, requerimiento o petición pendiente por presentar, lo hagas antes del 14 de julio del presente año, o bien, en caso de que la fecha de vencimiento corresponda en el periodo vacacional, genera que se suspenda el cálculo del plazo para presentar promociones reactivándose el 1 de agosto. Lo anterior, lo determinó el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en sesión de cinco de enero de dos mil veintidós, por unanimidad de votos, emitió acuerdo SS/3/2022; en el cual determino el calendario oficial de suspensión de labores 2022.Para este último se puede ingresar al siguiente enlace donde se puede consultar el acuerdo SS/3/2022 donde se determina los días inhábiles, así como los periodos vacacionales del TFJA.

    E147 El dato peque del trueque: T-MEC a dos años de su entrada en vigor

    Play Episode Listen Later Jul 4, 2022 10:13


    EL T-MEC es el acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá que sustituyó al Tratado de Libre Comercio (TLCAN). Fue firmado el 30 de noviembre de 2018, en el marco del G-20, en Buenos Aires, Argentina. Entrando en vigor el 1 de julio de 2020.Se compone por 34 capítulos, 4 anexos y notas explicativas, 1 protocolo modificatorio, 1 acuerdo en materia de cooperación ambiental, y 10 instrumentos bilaterales Recordemos que una característica de este tratado es tiene una vigencia de 16 años, y será sometido a revisión cada 6 años.T-MEC refrenda la Zona de Libre Comercio más importante para estos tres países, manteniendo una plataforma de acceso a mercado para 492 millones de personas con un 26 por ciento del PIB mundial y 16 % del comercio mundial. El comercio de México con sus socios en 2021 se ubicó en más de 645 mil millones de dólares, representando el 64.5 % del comercio mexicano en ese año. Hoy se cumplen dos años de la entrada en vigor del T-MEC, hoy en día podemos decir que de forma parcial se ha cumplido uno de los objetivos: la integración regional, sin embargo, aún quedan muchos retos en los que hay que continuar trabajando para una correcta implementación. Hay oportunidades de cooperación, en materia de facilitación comercial, ciberseguridad, consolidar las cadenas de suministro (sobre todo incrementar la participación de las PYMES en estas), y fortalecer la seguridad agroalimentaria.Sin duda uno de los grandes retos del T-MEC se encuentran en el capítulo laboral, como recordaran en este capítulo existe la posibilidad de establecer denuncias derivadas de violaciones a los derechos laborales, principalmente en el derecho a la libre asociación. Estas denuncias podrían derivar en sanciones comerciales. Al momento, el gobierno mexicano ha recibido tres quejas: 1) General Motors, Silao, donde una nueva representación sindical ganó con el 78% de aprobación y logró en la negociación colectiva para un contrato inicial un incremento salarial histórico de 8.5%. 2) Tridonex, en Matamoros, donde el Gobierno de México sentó el precedente de respeto al principio del derecho internacional de la no retroactividad, dado que las violaciones que alegaban eran previas a la entrada en vigor del T-MEC, a pesar de ellos se logró cambiar la representación sindical. 3) Panasonic, Reynosa, en donde de igual forma habrá un cambio sindical y un contrato colectivo con incrementos salariales del 9.5%.En conclusión, el T-MEC en estos dos años de implementación, ha sido positivo, y así lo muestran algunos números:Para seguir teniendo beneficios de este Tratado, aquí les dejo 10 tips que les ayudaran a seguir conociéndolo.1. Servicios. El T-MEC no solamente abarca bienes sino también servicios.2. Envíos de Entrega Rápida. Utiliza los servicios de mensajería y los beneficios que tienen las tiendas en línea, tus compradores en EE. UU. pueden adquirir hasta 800 dólares de mercancía y no pagar impuestos, no requieres ninguna formalidad, ni siquiera agente aduanal en USA.3. Comercio Electrónico. Asegúrate que la plataforma electrónica cumple con los mecanismos de seguridad, en cuanto, a la protección de datos y financieros.4. Herramientas Disponibles. Aprovecha la información pública gratuita, existen páginas del gobierno mexicano que te proporcionan textos y herramientas para exportar.5. Anticorrupción. Implementa programas de cumplimiento, manteniendo las evidencias necesarias (políticas, códigos de ética, sanciones, mecanismos de denuncia). Inscríbete en el Pacto Mundial de la ONU. Implementa un manual de integridad empresarial. Manten un monitoreo fiscal de clientes y proveedores.6. Laboral. Impulsa en tu empresa la libertad de asociación y negociación colectiva. Elimina cualquier forma de trabajo forzoso y discriminación. Vigila que no tengas contratados menores de edad. Recuerda que a través del mecanismo de respuesta rápida se puede prohibir la importación de mercancías de un sector, industria o instalación.7. Certificado de Origen. Aún cuando la certificación se puede hacer en formato libre, no te confíes, revisa bien que cuente con por lo menos los 9 elementos indispensables para que sea válido. De igual forma verifica que lo que deseas exportar o importar efectivamente califica como originario.8. Propiedad Intelectual. Utiliza las leyes de propiedad intelectual como una punta de lanza para tu producto, patente, marca, proceso, servicio, etc.9. Comercio Transfronterizo de Servicios. Dentro del capítulo se establecen las bases para que sean reconocidos los títulos de aptitud, licencias o registros profesionales, revisa los listados o identifica las coincidencias, las partes pueden iniciar diálogos para incluirlas.10. Capacítate. Existen varias herramientas que te dan acceso a cursos, boletines, cuestionarios, noticias e información.

    E146 El Dato peque del trueque: - Nueva factura electrónica 40 será prorrogada hasta el 1 de enero de 2023

    Play Episode Listen Later Jun 10, 2022 1:56


    El día de hoy a través del comunicado número 29 el SAT informa que la entrada para la nueva factura electrónica 4.0 será prorrogada hasta el 1 de enero de 2023, siendo obligatoria hasta esa fecha. Es importante mencionar que también sugiere a las personas físicas y morales que ya utilizan la nueva versión de facturación 4.0 continúen bajo esa versión con la finalidad de socializar el uso de la misma. Por otro lado, a los que aún no la utilizan, se les invita a continuar con el proceso de transición durante el resto del año. Recuerda que por lo que hace a tu constancia de situación fiscal ya realizamos un dato peque que te dice cómo tramitarla sin necesidad de ir al SAT físicamente a través del Portal del SAT, o de las Apps SAT Móvil o del SAT ID.Pero bueno, si quieres que te ayuden en el SAT para obtener tu constancia porque a lo mejore como yo eres cibernicola, pues puedes ir al SAT sin necesidad de una cita, únicamente lleva una identificación oficial y tu RFC completo. La entrega de constancias es gratuita.El SAT brindará servicios para trámite de constancia los próximos sábados 11 y 18 de junio en un horario de 9:00 a 16:00 horas.

    E145 El Dato peque del trueque: Sabes qué tiene esta nueva Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación y 7ma enmienda

    Play Episode Listen Later Jun 7, 2022 4:30


    En esta ocasión nuestro querido Ing. Enrique Herón nos habla sobre la Ley de los Impuestos Generales de importación y Exportación.

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