Podcasts about ejecutivo nacional

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Manuel López San Martín
Jorge Triana acusa a Morena de tener nexos con abogados de El Mayo: ‘Queremos explicaciones' - 24 febrero 2025.

Manuel López San Martín

Play Episode Listen Later Feb 24, 2025 6:22


En entrevista para MVS Noticias con Manuel López San Martín, Jorge Triana, coordinador de voceros del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, habló sobre PAN denuncia nexos del asesor legal de El Mayo con Morena. ¿Morena tiene vínculos con El Mayo Zambada y sus abogados? “Es difícil pensar que no hay un vínculo entre las personas que defienden a El Mayo Zambada y Morena. No solo el caso de Juan Pablo, también el director del despacho de abogados es militante activo de Morena”, afirmó Triana. En su declaración, el vocero del PAN reveló que tiene en su poder una ficha de afiliación que demuestra que este abogado fue suplente de Sergio Mayer y que, además, fue nombrado como asesor en Tamaulipas.See omnystudio.com/listener for privacy information.

EL MUNDO al día
Terremoto en Vox: ¿qué esconde la salida de García-Gallardo?

EL MUNDO al día

Play Episode Listen Later Feb 3, 2025 14:00


Juan García Gallardo deja Vox. Era uno de los principales rostros del partido, pero se va de repente y señalando a la dirección. Igual que ha ocurrido con otros críticos que ya lo han dejado antes. Era el líder del partido en Castilla y León, formaba parte del Comité Ejecutivo Nacional, pero abandona hablando incluso de oligarquías internas. Estamos ante la crisis territorial más grave del partido. ¿Qué hay detrás de la salida de Gallardo? Lo analizamos con Paloma Hernández See omnystudio.com/listener for privacy information.

En Perspectiva
Entrevista Tabaré Viera - Movimientos del PC en el nuevo escenario político donde será oposición

En Perspectiva

Play Episode Listen Later Nov 29, 2024 35:23


En el Partido Colorado empiezan a verse varios movimientos pensando en un nuevo escenario político en el que será oposición. Ayer una delegación de dirigentes de Vamos Uruguay, encabezada por Pedro Bordaberry, se reunió con el presidente electo, Yamandú Orsi. Bordaberry informó que le presentaron los principales temas en los que va a trabajar la bancada de la oposición en el próximo período, entre ellos la seguridad pública. El miércoles esa misma delegación se había reunido con el ex candidato oficialista, Álvaro Delgado, para planificar su trabajo como oposición en el Parlamento. Lo mismo hizo el ex presidenciable colorado, Andrés Ojeda. Como telón de fondo, está la propuesta que realizó el propio Ojeda el domingo de noche, para crear “una orgánica” de la coalición republicana, una idea que no suscita unanimidades. Además los colorados están envueltos en una discusión sobre la elección de un nuevo Ejecutivo Nacional, que refleje la correlación de fuerzas que surigó de las pasadas internas. Conversamos En Perspectiva sobre alguno de estos temas con el senador electo Tabaré Viera.

Interruptus Radio
Transiciones presidenciales, del 88 al 24

Interruptus Radio

Play Episode Listen Later Sep 2, 2024 26:00


Continuamos con la charla sobre las transiciones presidenciales y particularmente conversamos con las que han definido a la política en el periodo contemporáneo, desde la elección del 88 cuando sospechosamente se cayó al sistema, hasta la más reciente elección donde por primera vez en la historia se votó con una arrasadora mayoría a la primera mujer en liderar el Ejecutivo Nacional.

24 horas
24 horas - Las claves de la ruptura entre Vox y PP

24 horas

Play Episode Listen Later Jul 11, 2024 2:44


Tras la comparecencia de Santiago Abascal, líder de Vox, después de la reunión del Comité Ejecutivo Nacional del partido donde han decidido romper los pactos con el Partido Popular en las comunidades autónomas en las que gobiernan en coalición, analizamos en el 24 horas de RNE las claves de la ruptura entre estos partidos y cómo ha sido su relación estos años de gobiernos autonómicos con Luis Miguel Montes.Escuchar audio

Noticias Quimera
Noticias Quimera - 11/03/2024 - Temporada 4 Episodio 26

Noticias Quimera

Play Episode Listen Later Mar 11, 2024 3:43


El Gobierno de Santa Fe y el Ejecutivo Nacional conformaron una junta operativa para combatir el crimen narco en Rosario.  El Gobierno oficializó el decreto que anula los aumentos de sueldo para cargos jerárquicos del Poder Ejecutivo.  Tras el encuentro con mandatarios provinciales, el Gobierno nacional avanza en un nuevo borrador de la ley ómnibus. 

Union Radio
Román Lozinski - Elías Santana advierte que detectaron aumento en la cifra de morosidad de 5 a 40% en los últimos 3 años

Union Radio

Play Episode Listen Later Mar 5, 2024 22:50


Elías Santana, promotor comunitario, director de la Escuela de Ciudadanos y coordinador general de Micondominio.com, advirtió que tras mediciones del año pasado, detectaron que la cifra de morosidad había aumentado de 5 al 40% en los últimos 3 años. Explicó que hay un 5% de morosos que son desinteresados, alertando que con estos se deben aplicar medidas legales que son lentas, caras y que no siempre la comunidad tiene la posibilidad de recuperar la deuda, haciéndo que el moroso se salga con la suya. «Ese moroso debe 2 o 3 años, paraliza la administración. Normalmente tiene un gran nivel de vida y consumo, lo que tensa a la comunidad» añadió. Santana resaltó que el 35% restante es parte de la neomorosidad, buenos pagadores, colaboradores que están apenados por retrasarse hasta 5 meses en el condominio, pero que no pueden pagar. Aseguró que son personas mayores de 60 años que cada mes deben decidir entre sus medicamentos cotidianos y pagar el condominio. «Si se tienen dos vecinos que no han pagado por 10 meses, se crea un hueco en la administración» acotó. Destacó que realizaron una cumbre antimorosidad donde se dieron cuenta del origen y tomaron dos líneas de acción, una hacia el neomoroso, a quien acompañarán en un proceso de reinversión y reinserción en el mercado laboral. También te puede interesar: ¿Inmuebles vacíos, neomorosidad y vecinos que no pagan?: ¿Cómo incentivar a los residentes a pagar?. PROPUESTA AL EJECUTIVO DE JUICIOS CORTOS Y ECONÓMICOS El promotor cultural indicó que la morosidad clásica requiere tribunales especializados en temas de condominio que garanticen juicios muy breves, proponiéndole al Ejecutivo Nacional un sistema nacional de convivencia comunitaria para resolver denuncias y morosidad rápidamente. «Esto permitiría que el moroso que debe 7 años busque entenderse con el condominio porque puede perder su vivienda. Esta no ha sido la usanza de los jueces por desconocimiento o falta de comprensión de la gravedad de esto» dijo. Señaló que los resultados de incrementos o disminuciones en cada mes, pueden ayudar a crear políticas públicas. El coordinador de Micondominio.com insistió en que, mediante una mesa de trabajo con los entes del gobierno, están buscando aplicar un andamiaje que le dé a la ciudadanía un lugar a donde ir ante estas situaciones que sea rápido y económico. PROPUESTA AL EJECUTIVO DE CRÉDITOS PARA CONDOMINIOS También pidió al Ejecutivo una gaveta de créditos para condominios que ayude a resolver problemas que necesitarían de muchas cuotas extraordinarias y que deben resolverse inmediatamente. “Si se daña el ascensor, necesitarías 4 o 5 meses de cuotas extraordinarias para poder arreglarlo, y mientras, pasamos esos meses usando las escaleras. Deberíamos poder pedir un crédito para arreglar eso lo antes posible” informó. Recalcó que esto es viable y posible, ya que los montos son discretos porque se usan para pozos, arreglos de ascensores o plantas. El director de la Escuela de Ciudadanos aseguró que se pueden hacer ingresos extras para los condominios con publicidad en los techos de los edificios y actividades para los vecinos en el salón de fiestas. «Estamos pidiéndole al sector privado que nos ayude a reincorporar a las personas de la tercera edad al campo laboral»

Union Radio
Román Lozinski - Discrepancias en monto de aumento salarial entre empresarios y CTV

Union Radio

Play Episode Listen Later Feb 22, 2024 24:15


Tras el cuarto foro entre el Ejecutivo, la OIT, los empresarios y la CTV para discutir un aumento salarial, José Elías Torres, secretario general de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), aseguró que han logrado llegar a una fórmula para discutir cómo llegar a un salario mínimo. Explicó que en el Convenio 26 del trabajo se habla de la parte técnica que hay que crear para establecer una metodología que permita un salario mínimo sostenible en el tiempo. «Hay que tomar en cuenta el efecto que hay en la  economía, la fuerza de los empresarios, la fortaleza de las normas. Hay que rescatar el estado de derecho y hacer justicia en uno de los temas tan difícil» añadió. Torres destacó que esto puede ayudar a entrar en temas específicos para llegar a un monto. También indicó que después de 20 años, es la primera vez que la CTV se sienta con el gobierno y cuenta con la presencia de la OIT para discutir un tema tan difícil. «El monto para empezar a discutir es de 200$. Este es un monto que está muy por debajo de la realidad venezolana con una canasta básica de 500$… Este monto fue trabajado durante un año con ayuda de economistas y especialistas internacionales» acotó. Por su parte, Jorge Roig, miembro del Consejo de la Administración de la Organización Internacional de Trabajadores (OIT) y ex presidente de Fedecámaras, recordó que desde 1997 no había un diálogo tripartito en el país para tratar este tema. También te puede interesar: CTV anuncia que seguirán luchando por aumento salarial Señaló que su propuesta como empresarios está basada en tres principios; preservación de puestos de empleo, que sea un salario que no se deshaga con la inflación y que tome en cuenta la heterogeneidad del país. «Hay que llegar a una cifra que sea vendible y 200$ no es vendible, eso por 8 millones de empleados  públicos es igual a 16 mil millones de dólares al año y esto no se puede sacar de ningún lado» Roig insistió en que se debe hacer una cifra manejable, que no tenga impacto en las prestaciones sociales. Recalcó que el único que tiene factibilidad de fijar un salario mínimo, es el Ejecutivo Nacional.

Futuro abierto
Futuro abierto - La sequía y el uso del agua - 22/05/23

Futuro abierto

Play Episode Listen Later May 22, 2023 55:28


España lleva experimentando periodos de sequía desde que tenemos registros y en los últimos 130 años diferentes gobiernos con diferentes planes han intentado resolver el problema. El agua es fundamental para la vida y muchos expertos señalan que debiéramos replantearnos el modelo económico que tenemos y hacer un uso del agua más inteligente y eficiente. Esta semana hablamos de sequía y del uso del agua con Nuria Hernández-Mora, investigadora de la Fundación Nueva Cultura del Agua y de la Universidad Complutense de Madrid; Blanca Corroto, miembro del Comité Ejecutivo Nacional de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores ASAJA; Antonio Yáñez Cidad, presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, y el naturalista y escritor Joaquín Araujo. Escuchar audio

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast
Decreto 4.805 de Aumento del Ingreso Mínimo Mensual para la Protección del Pueblo Venezolano

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast

Play Episode Listen Later May 13, 2023 4:38


https://tugacetaoficial.com/gaceta-oficial-cestaticket-socialista-23-6746/https://tugacetaoficial.com/leyes/texto-decreto-cesta-ticket-mayo-2023/SUMARIOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N* 4.805, mediante el cual se establece el Aumento del Ingreso Mínimo Mensual para la Protección del Pueblo Venezolano.PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto No. 4.805 01 de mayo de 2023NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaría en la construcción del Socialismo, la refundación de la patría venezolana, basado enprincipios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el vivir bien del país y del colectivo, por mandato del pueblo, en ejercicio de la atribución que me confiere el numeral 11 del artículo 236 de la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo establecido en los artículos 80, 91 y 226 ejusdem; el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; los artículos 10, 98 y 111 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; y el artículo 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras, en Consejo de Ministros,CONSIDERANDOQue, ante los perversos efectos que pretender infigir las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas de carácter restrictivo y punitivo, así como las agresiones del imperialismo, el Estado debe implementar las medidas que aseguren el sagrado derecho a la protección de nuestro Pueblo en toda circunstancia y ante toda amenaza, CONSIDERANDOEl grave daño contra el país y sus ciudadanos, generado intencionalmente por factores políticos domésticos sumisos a intereses extranjeros, con la intención de producir inestabilidad a la República y deteriorar sus valores,CONSIDERANDOEl franco proceso de recuperación económica emprendido en medio de la adversidad ante ingentes ataques intermos y extermos contra la Patria, y la tarea esencial del Ejecutivo Nacional venezolano de generar un sólido y sostenido proceso de recuperación del ingreso de los venezolanos y las venezolanas,DECRETO QUE ESTABLECE EL AUMENTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL PARA LA PROTECCIÓN DEL PUEBLO VENEZOLANO. Artículo 1. Se ajusta el valor del Cestaticket Socialista a nivel nacional, para todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado, quedando fijado en la cantidad de un mil bolívares sin céntimos (Bs. 1.000,00), de conformidad con los principios y parámetros de la legislación nacional en materia de medidas económicas para la protección del Pueblo venezolano, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7* del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras.Artículo 2. Se crea un complemento solidario único de protección, sin incidencia salarial, denominado “Bono contra la Guerra Económica”, pagadero mensualmente, destinado a mitigar los efectos nocivos sobre el Pueblo venezolano de lasmedidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas y punitivas aplicadas contra nuestro país, pagadero de la siguiente forma:a) Para los trabajadores y las trabajadoras de la administración pública activos que cobran el Cestaticket Socialista, por un valor de setecientos Bolvares sin céntimos (Bs. 750,00).b) Para los trabajadores y las trabajadoras de la administración pública que por su condición de pasivos no cobran el Cestaticket Socialista, por un valor de un mil doscientos veinticinco Bolívares sin céntimos (Bs. 1.225,00).Artículo 3. El Bono contra la Guerra Económica será pagado mensualmente también a los pensionados y pensionadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, que no sean trabajadores activos o pasivos de la administración pública, conel mismo carácter de complemento de protección respecto de la pensión devengada, por un valor de quinientos Bolívares sin céntimos (Bs. 500,00).Artículo 4. El Bono contra la Guerra Económica será pagado mensualmente, mientras persistan los efectos pemiciosos sobre los trabajadores y trabajadoras como consecuencia de la guerra económica implementada contra Venezuela mediante la agresión, de potencias extranjeras, instigada por factores políticos intenos con intereses particulares.Artículo 5.- El Ejecutivo Nacional ordenará el ajuste mensual, tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela, de los montos fijados en este Decreto para el Cestaticket Socialista y el Bono contra la GuerraEconómica, pudiendo ordenar su ajuste a efectos de proteger el valor del mismo y el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras.Artículo 6.- Con la finalidad de facilitar el cálculo, registro, análisis, revisión y ajuste, de manera integral, armónica y coordinada, de todos los conceptos asociados al salario de los trabajadores y trabajadoras, con o sin incidencia salarial, y aquellos beneficios otorgados a dichos sujetos con la finalidad de incrementar la protección social del Pueblo venezolano, incluidos los conceptos de Cestaticket socialista y el Bono contra la Guerra Económica, se denominará “ingreso mínimo mensual” a la suma total de tales conceptos.Artículo 7.- El empleaor o empleadora que pague un monto inferior por concepto de Cestaticket Socialista, fijado en este Decreto, quedará obligado al pago de las diferencias correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades ysanciones que deban determinarse. Artículo 8.- Se mantendrán inalterables los conceptos pecuniarios y las demás condiciones de trabajo no modificadas expresamente en este Decreto, salvo las que se adopten o acuerden convencionalmente en beneficio del trabajador y la trabajadora.Artículo 9.- El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, de Planificación y de Finanzas quedanencargados de la ejecución de este Decreto. Artículo 10. Este Decreto entrará en vigencia a partir del 19 de mayo de 2023.Dado en Caracas, al primer día del mes de mayo de dos mil veintitrés. Años 213% de la Independencia, 164% de laFederación y 24* de la Revolución Bolivariana.Ejecútese,

Andalucía Informativos
Informativo Córdoba - 26/09/22

Andalucía Informativos

Play Episode Listen Later Sep 26, 2022 15:06


El alcalde de Córdoba, José María Bellido, formará parte de la Vicesecretaría de Coordinación Autonómica y Local en la ejecutiva nacional de los populares. Feijóo nombrará al alcalde de Córdoba responsable de Grandes Ciudades que elevará hoy lunes al Comité Ejecutivo Nacional la propuesta de nuevos nombramientos. IU acudirá a la fiscalía si en dos semanas el alcalde no facilita la documentación sobre la Normal de Magisterio al grupo municipal de la coalición de izquierdas. El Jardín Botánico de Córdoba cuenta, desde ayer domingo, con la Sala Amparo Pernichi, un espacio homenaje a la concejala de IU, fallecida en enero, y que fue presidenta del Instituto Municipal de Gestión Medioambiental. Un homenaje, que reunía a amigos, familiares y compañeros de partido y del Ayuntamiento de Córdoba. El Córdoba CF se impone a la Cultural Leonesa (0-3) y firma su mejor arranque histórico con cinco triunfos consecutivos.   Escuchar audio

RADIOGRAFÍA
Aumento de cuota gradual podría solucionar crisis en la CSS

RADIOGRAFÍA

Play Episode Listen Later Aug 30, 2022 31:46


Por Redacción Eco TvRolando Villalaz, Exdirector de la Caja de Seguro Social (CSS) se refirió a la crisis que atraviesa la entidad en el programa Radiografía y dio como referencias algunas medidas que se podrían implementar para paliar esta situación, como el aumento de cuota."Yo creo que se pueden adoptar otras medidas, incluyendo estas de aumentar la edad y las cuotas", indicó.Manifestó que los últimos gobiernos se han desentendido de la grave situación que afronta la crisis."Esta y las dos últimas administraciones son responsables de un dejar hacer por los costos políticos", sostuvo.El sistema de pensiones de Panamá pasa por su peor crisis financiera. Lo que se conocía como un secreto a voces fue confirmado por el director de la Caja de Seguro Social, Enrique Lau Cortés. Las reservas de las pensiones, en un año, registró una caída de 814 millones de dólares.La incertidumbre que existe para cumplir con el pago de los 298 mil pensionados y jubilados aumenta porque nada está asegurado el día de mañana.Lau Cortés agregó que "la cantidad de personas que se están jubilando son mucho más que la que están aportando al sistema. por lo tanto hay que actuar con inteligencia, sin apresuramiento para no tomar decisiones que después nos tenemos que lamentar"."Nosotros cuando vimos la situación de la caja de seguro social hicimos una manifestación de datos abiertos en donde se demostraba que había una dificultad en el fondo de invalidez, vejez y muerte que ponía en riesgo la parte de la jubilación", manifestó el director Ejecutivo Nacional de los Servicios y Prestaciones en Salud de la Caja de Seguro Social, Alex González.

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast
#Venezuela Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast

Play Episode Listen Later Jul 30, 2022 46:53


#Venezuela Ley Orgánica de las Zonas Económicas EspecialesAudio Cortesia de TuGacetaOficial punto Com En Gaceta Oficial punto comPatrocina Experticia Informática punto com Grafotécnica punto com Experticias.comDerechos Reservados @ Raymond Orta Gaceta Oficial N° 6.710 Extraordinario del 20 de julio de 2022LA ASAMBLEA NACIONALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELADecretala siguiente,Ley Orgánica de las Zonas Económicas EspecialesCapítulo IDisposiciones GeneralesObjetoArtículo 1. Esta Ley tiene por objeto regular la creación, organización, funcionamiento, administración y desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, así como los incentivos económicos, fiscales y de otra índole que resulten aplicables, en función de un modelo de desarrollo económico soberano y de producción nacional que garantice el encadenamiento productivo, la seguridad jurídica, la justicia social y los medios ambientalmente sustentables.Ámbito de aplicaciónArtículo 2. Esta Ley es aplicable a las personas jurídicas, públicas, privadas, mixtas y comunales, nacionales o extranjeras que participen en las Zonas Económicas Especiales, así como a los órganos y entes del Estado, vinculados directa e indirectamente con su desarrollo.PrincipiosArtículo 3. Esta Ley se rige por los principios de soberanía económica, seguridad jurídica, justicia social, desarrollo humano, desarrollo económico y social de la Nación, sustentabilidad, factibilidad, equilibrio económico y ambiental, sostenibilidad fiscal y de ingresos externos, planificación pública, popular y participativa, eficiencia, productividad, complementariedad, simplificación de trámites administrativos, corresponsabilidad, honestidad, transparencia y solidaridad.DefinicionesArtículo 4. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:1. Áreas de Desarrollo: ámbitos geográficos que, dentro de las Zonas Económicas Especiales, conforman los Polos Productivos. Las Áreas de Desarrollo podrán incluir Distritos Motores de Desarrollo y serán delimitadas en el Decreto de creación de la Zona Económica Especial.2. Convenio de actividad económica: acuerdo celebrado entre las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas, privadas, mixtas o comunales, interesadas en participar en la Zona Económica Especial y la Superintendencia Nacional de Zonas Económicas Especiales, el cual contempla los incentivos económicos, fiscales, financieros y de otra índole previstos en esta Ley, conforme a lo contemplado en el Plan de Desarrollo de la Zona Económica Especial, así como los requisitos de desempeño, metas, inversiones comprometidas y demás obligaciones que deben ser cumplidas.3. Distritos Motores de Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales: forma especial de subregión delimitado en el Decreto de creación de la Zona Económica Especial y dentro de sus respectivas Áreas de Desarrollo, para articular e impulsar, mediante un plan específico, las políticas, planes y proyectos de la Zona Económica Especial, así como garantizar el desarrollo integral subregional sobre la base de las variables físico-naturales, geo-históricas, funcionales, potencialidades productivas y sistema de ciudades y de movilidad que comprendan.4. Eslabones productivos: mecanismo de interacción que permite compartir estrategias de coordinación y complementariedad entre las Zonas Económicas Especiales para la producción, transformación, industrialización, comercialización y distribución de los bienes y servicios que son generados dentro de las Zonas Económicas Especiales.5. Incentivos económicos, fiscales y de otra índole: conjunto de garantías, beneficios y estímulos fiscales, tributarios, financieros y de otra índole previstos en esta Ley, que ofrece la República Bolivariana de Venezuela a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas, privadas, mixtas o comunales, que operan dentro de las Zonas Económicas Especiales.6. Plan de Desarrollo de la Zona Económica Especial: conjunto de políticas, programas y proyectos para el desarrollo productivo y social de la Zona Económica Especial, en el cual se organizan y delimitan los rubros priorizados y actividades económicas, de acuerdo con la especialidad sectorial de la Zona. El Plan de Desarrollo deberá incluir los Polos de Desarrollo Productivo, las Áreas de Desarrollo y los Distritos Motores de Desarrollo que resulten aplicables.7. Plan de Promoción Estratégica: conjunto de programas, proyectos y lineamientos, mediante el cual se define la política aplicable para la promoción y difusión nacional e internacional de los Planes de Desarrollo de la Zona Económica Especial, así como la captación de potenciales participantes para el desarrollo de las correspondientes actividades económicas.8. Polos de desarrollo productivo: espacios geográficos previstos en el Decreto de creación de la Zona Económica Especial, donde se asientan y organizan las actividades económicas que conforman las Áreas de Desarrollo que regula esta Ley, los cuales estarán delimitados por medio de un sistema de coordenadas, planes de desarrollo, proyectos de participación y de articulación de estos espacios con las estructuras industriales y productivas de la Nación que en ellos existan.9. Proyecto de actividad económica: propuesta diseñada, delimitada y presentada por las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas, privadas, mixtas o comunales, mediante la cual plantea su oferta económica de participación y postula su perfil empresarial para desarrollar una o varias de las actividades productivas dentro de una Zona Económica Especial.10. Zona Económica Especial: delimitación geográfica que cuenta con un régimen socioeconómico especial y extraordinario, en cuyas poligonales se desarrollan actividades económicas estratégicas previstas en esta Ley, en consonancia con los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.Carácter estratégico, interés general y utilidad públicaArtículo 5. El desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, incluidas las actividades económicas que en ellas se ejecuten, tiene carácter estratégico, de interés general y utilidad pública. En consecuencia, las personas jurídicas, bienes, servicios y actividades que constituyan las Zonas Económicas Especiales, asumen una regulación especial de garantías, incentivos y protección económica, financiera, fiscal, jurídica y comercial, así como el deber de observancia y cumplimiento de las directrices, lineamientos, políticas, normas y procedimientos previstos en esta Ley y en el Decreto de creación de la Zona Económica Especial, incluyendo aquellas que en materia de soberanía, independencia, autodeterminación, seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación, sean dictadas por el Ejecutivo Nacional.Los órganos y entes del Poder Público Estadal y Municipal, en el marco del principio de colaboración para la realización de los fines del Estado, procurarán adoptar las medidas necesarias, dentro de los límites de sus competencias, a los fines de favorecer y facilitar la ejecución de lo previsto en esta Ley y la aplicación de los incentivos que sean establecidos en el Decreto de creación de la Zona Económica Especial.PropósitosArtículo 6. Las Zonas Económicas Especiales tienen como propósitos fundamentales los siguientes:1. Desarrollar un nuevo modelo productivo nacional.2. Promover la actividad económica productiva nacional y extranjera en el territorio nacional.3. Diversificar y aumentar las exportaciones.4. Participar en las innovaciones, cadenas productivas y mercados internacionales.5. Impulsar el desarrollo industrial de la Nación.6. Promover la sustitución selectiva de importaciones.7. Contribuir con la diversificación de la economía del país.8. Garantizar la transferencia tecnológica.9. Asegurar el aprovechamiento pleno de las ventajas comparativas.10. Impulsar el desarrollo de ventajas competitivas.11. Crear nuevas fuentes de trabajo.12. Incrementar la generación de ingresos para su justa distribución en la Nación.13. Velar por la sustentabilidad ambiental en los procesos productivos.Audio Cortesia de TuGacetaOficial punto Com En Gaceta Oficial punto comPatrocina Experticia Informática punto com Grafotécnica punto com Experticias.comDerechos Reservados @ Raymond Orta CAPÍTULO IIZONAS ECONÓMICAS ESPECIALESCreación o supresiónArtículo 7. La creación y supresión de las Zonas Económicas Especiales es una competencia exclusiva de la Presidenta o Presidente de la República, mediante Decreto aprobado en Consejo de Ministros, previo informe presentado por los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de planificación, economía y finanzas, así como de aquellos con competencia en las materias relacionadas con las actividades previstas para la Zona Económica Especial.gaceta oficial, leyes de venezuela, leyes-venezuela, gaceta oficial hoy, gaceta oficial 2022, leyes venezuela vigentes, leyes de venezuela pdf, leyes de venezuela 2021, raymond ortahttps://tugacetaoficial.com/https://tugacetaoficial.com/leyes/https://grafotecnica.comhttp://experticias.comhttp://informaticaforense.com

La Diez Capital Radio
Informativo; La Diez Capital Radio (21-04-2022)

La Diez Capital Radio

Play Episode Listen Later Apr 21, 2022 19:35


Informativo de primera hora del jueves 21 de Abril de 2022 en el programa El Remate de La Diez Capital Radio. Informativo en el programa El Remate de Miguel Ángel González Suárez. Hoy se cumplen 57 días del cruel ataque e invasión de Rusia a Ucrania. Lluvias en Canarias de cara al fin de semana. Se esperan lluvias débiles y ocasionales en las islas más montañosas, probablemente más intensas en las vertientes sudeste de Tenerife. Buenos días Ucrania. Día Mundial de la Creatividad y la Innovación. El Día de la Creatividad y la Innovaciónse celebra el 21 de abril y tiene como principal objetivo poner de manifiesto todo el potencial creativo de las personas a nivel mundial. 1898: el Congreso de los Estados Unidos declara la guerra contra España. Por otro lado, el 21 de abril de de 1926 nace la reina Isabel II de Inglaterra. Isabel II es la principal figura política de los 54 países miembros de la Commonwealth desde el año 1953, momento de su coronación tras la muerte de su padre el rey Jorge VI de Inglaterra. 1944: en Francia las mujeres consiguen el sufragio femenino. Años más tarde, 21 de abril de 1989, 100.000 estudiantes se reúnen en la Plaza Tian’anmen de Beijing para conmemorar a Hu Yaobang, el depuesto líder reformista del Partido Comunista Chino y manifestarse en contra del gobierno comunista autorizado de China que acabó declarando la ley marcial en mayo del mismo año, llevando a las masacres junio por parte de las tropas chinas las cuáles mataron a cientos de manifestantes. 2005: el Congreso de los Diputados aprueba por primera vez el proyecto de ley que legaliza el matrimonio entre personas del mismo sexo. Santos Anselmo, Anastasio, Silvio, Vidal, Félix, Ananías y Conrado. Rusia avanza en el este de Ucrania mientras Mariúpol resiste ajena a ultimátums. El Kremlin entrega a Kiev una oferta de negociación en plena ofensiva de Donbás. Moscú reclama el estatus neutral de Ucrania y su desmilitarización, incorporar la anexionada Crimea a Rusia y la independencia de la región separatista del este. Putin se burla de la “guerra” de sanciones económicas de la UE. El presidente ruso sostuvo que las sanciones terminaron teniendo un impacto en los propios países que las impulsaron. Miércoles negro para Netflix: se desploma en bolsa un 37% tras la caída inédita de su número de suscriptores. En la actualidad, Netflix cuenta con 100 millones de abonados a su servicio de 'streaming' en todo el mundo. Disney+ se acerca a los 130 millones de suscriptores. Feijóo plantea una ayuda a familias necesitadas de hasta 300 euros y bajar el IRPF a rentas menores de 40.000 euros También propone bajar el IVA del gas o la luz y actuar sobre el impuesto de sociedades. Cree que hay dinero para ello porque el Gobierno tendrá un excedente de dinero por el incremento de la recaudación. El CNI pidió comprar el sistema Pegasus para espiar en el extranjero.El servicio secreto pagó en torno a seis millones para hacerse con el equipo de espionaje. Juanma Moreno, dispuesto a formar gobierno en agosto para iniciar 2023 con nuevos Presupuestos. Acudió esta mañana al Comité Ejecutivo Nacional de su partido y, a preguntas de los periodistas, aseguró que le "gusta" el Gobierno de Mañueco. Marruecos anuncia prospecciones junto a Canarias tras hallar 1.000 millones de barriles de petróleo. Marruecos realizará prospecciones junto a Canarias -a apenas unos kilómetros de la costa de Lanzarote y Fuerteventura- tras conocerse que la empresa británica Europa Oil & Gas ha encontrado 1.000 millones de barriles de petróleo en la zona. Torres rechaza “tajantemente” las prospecciones en Canarias. El presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres, ha afirmado este miércoles que su ejecutivo rechaza "tajantemente" las prospecciones en Canarias. Educación lo aclara: no es obligatorio llevar mascarilla en los colegios de Canarias. La Consejería ha explicado que, como norma general, no es obligatorio usar mascarilla en los colegios de Canarias, aunque existen algunas excepciones. El BOE confirma: la mascarilla en el trabajo será opcional. La industria canaria empieza a subir los precios hasta un 20% por el fuerte alza de costes. Endesa recurrirá la multa de 16 millones por el cero energético de Tenerife: “Es irracional”. El director de Relaciones Institucionales de Endesa en Canarias, José Manuel Valle, ha tildado este miércoles de "injustificada" la multa por el cero energético de Tenerife en julio de 2020. Archivada la querella contra el presidente del Parlamento por las obras de su ático en La Laguna. Un concejal de La Laguna aseguraba que Matos había contratado una obra en su casa con la empresa que abastece el catering de la Cámara. Tal día como hoy 21 de abril de 1956 Elvis Presley obtuvo su primer éxito número uno con «Heartbreak Hotel», que encabeza las listas de Billboard en Estados Unidos.

Especiales KISS FM
Las noticias de la mañana del miércoles 20 de abril de 2022

Especiales KISS FM

Play Episode Listen Later Apr 20, 2022 6:17


Primer día sin mascarillas en interiores en España tras dos años de pandemia. Por otro lado, Feijóo reúne al Comité Ejecutivo Nacional para analizar el proyecto económico de los populares frente a Pedro Sánchez. Repasamos las declaraciones del secretario general de UGT, Pepe Álvarez, al respecto. Además, Pere Aragonès advierte a Pedro Sánchez, de "consecuencias políticas" si Moncloa no investiga el presunto espionaje a más de sesenta líderes independentistas, entre ellos al presidente catalán. Al margen de este asunto, la luz sigue bajando de precio, Zelenski confirma que la intensidad de los ataques "ha aumentado significativamente" en Járkov, las regiones de Donbás y Dnipro-Petrovsk sin aparente solución al conflicto. Terminamos con Liam Gallagher, Adidas y un concierto benéfico. Edición · Jorge Quiroga Realización · Susana León See omnystudio.com/listener for privacy information.

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Audios del Miércoles 9 de marzo en Urbana Play Noticias

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Play Episode Listen Later Mar 9, 2022 12:58


Joe Biden aseguró: “Estamos prohibiendo todas las importaciones de petróleo, gas y energía rusas”. Nicolás Maduro afirmó: “Tuvimos una reunión respetuosa, cordial, muy diplomática, entre la delegación del gobierno de Estados Unidos y la del gobierno venezolano que presido”. Alberto Fernández encabezó un acto por el Día Internacional de la Mujer en José C. Paz junto al intendente Mario Ishii y en su discurso, aseguró: “Me da vergüenza que en Argentina una mujer padezca violencia de género”. Matías Kulfas afirmó: “Nuestra aspiración en 2023 es consolidar la figura del presidente y que pueda estar competitivo para una reelección”. Mario Ishii, intendente de José C. Paz, le pidió a los legisladores nacionales del Frente de Todos: “Voten lo que quiere el Ejecutivo Nacional, que no traicionen al pueblo, no podemos entrar en default”. Héctor Daer estuvo presente en la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados y afirmó: “Creemos que este acuerdo es el mejor acuerdo que se podía llegar para no caer en el default”. Gerardo Morales afirmó: “Obviamente, es cierto, la tomamos nosotros y me hago cargo.” Alberto Fernández hizo referencia a su reelección: “En este primer mandato que tengo, yo te garantizo que van a tener el polo industrial que necesitan para darle trabajo a todos los hombres y mujeres de José C. Paz”. Por María O'Donnell y equipo en De Acá en Más en Urbana Play 104.3 FM. Seguinos en Instagram: https://www.instagram.com/deacaenmasok/ Audios del Miércoles 9 de marzo en Urbana Play Noticias

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LEY DE IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS G.O. Extra 6.687 25 de febrero de 2022

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Play Episode Listen Later Mar 4, 2022 14:39


Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones FinancierasGaceta Oficial N° 6.687 Extraordinario del 25 de febrero de 2022LA ASAMBLEA NACIONALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELADecretala siguiente,Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones FinancierasARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 4°, en la forma siguiente:Sujetos PasivosArtículo 4°. Son contribuyentes de este impuesto:1. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras.2. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan sin mediación de instituciones financieras. Se entiende por cancelación la compensación, novación y condonación de deudas.3. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.4. Las personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, que sin estar vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, realicen pagos por cuenta de ellas, con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.5. Las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país, o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, dentro del sistema bancario nacional, sin intermediación de corresponsal bancario extranjero, de conformidad con las políticas, autorizaciones excepcionales y parámetros establecidos por el Banco Central de Venezuela.6. Las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, por los pagos realizados a personas calificadas como sujeto pasivo especial, en moneda distinta a la de curso legal en el país, o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, sin mediación de instituciones financieras.ARTÍCULO 2. Se modifica el artículo 8, en la forma siguiente:ExencionesArtículo 8. Están exentos del pago de este impuesto:1. La República y demás entes político territoriales.2. El Banco Central de Venezuela.3. Las entidades de carácter público con o sin fines empresariales, calificadas como sujetos pasivos especiales.4. Las operaciones cambiarias realizadas por un operador cambiario debidamente autorizado.5. El primer endoso que se realice en cheques, valores, depósitos en custodia pagados en efectivo y cualquier otro instrumento negociable.6. Los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados en la bolsa agrícola y la bolsa de valores.7. Las operaciones de transferencias de fondos que realice el o la titular entre sus cuentas, en bancos o instituciones financieras constituidas y domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela. Esta exención no se aplica a las cuentas con más de un o una titular.8. Los débitos en cuentas corrientes de misiones diplomáticas o consulares y de sus funcionarios extranjeros o funcionarias extranjeras acreditados o acreditadas en la República Bolivariana de Venezuela.9. Los débitos en cuenta por transferencias o emisión de cheques personales o de gerencia para el pago de tributos cuyo beneficiario sea el Tesoro Nacional.10. Los débitos o retiros realizados en las cuentas de la Cámara de Compensación Bancaria, las cuentas de compensación de tarjetas de crédito, las cuentas de corresponsalía nacional y las cuentas operativas compensadoras de la banca.11. La compra-venta de efectivo en la cuenta única mantenida en el Banco Central de Venezuela, por los Bancos y otras Instituciones Financieras.La exención prevista en los numerales 5 al 11de este artículo aplica exclusivamente para las transacciones realizadas en moneda de curso legal o en criptomonedas o criptoactivos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.ARTÍCULO 3. Se modifica el artículo 13, en la forma siguiente:Alícuota ImpositivaArtículo 13. La alícuota general aplicable a la base imponible correspondiente será establecida por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo de cero por ciento (0%) y un máximo de dos por ciento (2%), salvo para las transacciones realizadas por los contribuyentes señalados en los numerales 5 y 6 del artículo 4 de esta Ley.Se aplicará una alícuota a las transacciones realizadas por los contribuyentes señalados en el numeral 5 del artículo 4 de esta Ley que será establecida por el Ejecutivo Nacional, y estará comprendida entre un límite mínimo de dos por ciento (2%) y un máximo de ocho por ciento (8%).La alícuota para las transacciones efectuadas por los contribuyentes señalados en el numeral 6 del artículo 4 de esta Ley será establecida por el Ejecutivo Nacional, y estará comprendida entre un límite mínimo de dos por ciento (2%) y un máximo de veinte por ciento (20%).ARTÍCULO 4. Se modifica el artículo 14, en la forma siguiente:Obligación TributariaArtículo 14. El monto de la obligación tributaria a pagar será el que resulte de aplicar la alícuota impositiva establecida en el artículo anterior, a la base imponible.ARTÍCULO 5. Se modifica el artículo 16, en la forma siguiente:Declaración y el PagoArtículo 16. Los contribuyentes y los responsables, según el caso, deben declarar y pagar el impuesto previsto en esta Ley, conforme a las siguientes reglas:1. Cada día, el impuesto que recae sobre los débitos efectuados en cuentas de bancos u otras instituciones financieras.2. Conforme al Calendario de Pagos de las Retenciones del Impuesto al Valor Agregado para Contribuyentes Especiales, el impuesto que recae sobre la cancelación de deudas mediante el pago u otros mecanismos de extinción, sin mediación de bancos u otras instituciones financieras.Parágrafo único: La declaración y pago del impuesto previsto en esta Ley debe efectuarse, en el lugar, forma y condiciones que establezca la Administración Tributaria Nacional mediante Providencia Administrativa de carácter general.ARTÍCULO 6. Se modifica el artículo 20, en la forma siguiente:Forma de las DeclaracionesArtículo 20. Las declaraciones que se requieran, conforme a las Providencias Administrativas que al efecto dicte la Administración Tributaria Nacional, deberán ser elaboradas en los formularios y bajo las especificaciones técnicas publicadas por ésta en su Portal Fiscal.ARTÍCULO 7: Se modifica el artículo 22, en la forma siguiente:SancionesArtículo 22. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.ARTÍCULO 8: Se agrega un Capítulo VII de las Disposiciones Transitorias y Finales.ARTÍCULO 9: Se agrega un artículo 23 en la forma siguiente:Artículo 23. El Ejecutivo Nacional, dentro de las medidas de política fiscal aplicables de conformidad con la situación coyuntural, sectorial y regional de la economía del país, podrá exonerar total o parcialmente del impuesto previsto en esta Ley a las transacciones realizadas por determinados sujetos, segmentos o sectores económicos del país.Los decretos de exoneración que se dicten en ejecución de esta norma deberán señalar las condiciones, plazos, requisitos y controles requeridos, a fin de lograr las finalidades de política fiscal perseguidas en el orden coyuntural, sectorial y regional.En todo caso, la exoneración concedida a las transacciones realizadas por los contribuyentes señalados en los numerales 5 y 6 del artículo 4 de esta Ley será igualmente otorgada a las transacciones realizadas en moneda de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.ARTÍCULO 10: Se agrega un artículo 24 en la forma siguiente:https://tugacetaoficial.com/leyes/exoneracion-de-impuesto-a-las-grandes-transacciones-financieras-titulos-y-criptomonedas/https://tugacetaoficial.com/leyes/ley-de-reforma-parcial-del-decreto-con-rango-valor-y-fuerza-de-ley-de-impuesto-a-las-grandes-transacciones-financieras/

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Decreto 4.647 Exoneración de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras

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Play Episode Listen Later Mar 4, 2022 6:10


Decreto 4.647 Exoneración de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (Títulos y Criptomonedas)https://tugacetaoficial.com/leyes/exoneracion-de-impuesto-a-las-grandes-transacciones-financieras-titulos-y-criptomonedas/https://tugacetaoficial.com/gaceta-exoneracion-impuesto-grandes-transacciones-financieras/Decreto 4.647 Gaceta Oficial 6689 25 febrero 2022NICOLÁS MADURO MOROSPresidente de la República Bolivariana de VenezuelaCon el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la Nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercido de las atribuciones que me confiere el numeral 11 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con lo previsto en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, concatenado con lo dispuesto en los artículos 73, 74, 75 y 76 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario, en Consejo de Ministros,CONSIDERANDOQue es deber del Ejecutivo Nacional garantizar la máxima eficiencia y sincronización de las Políticas Públicas a Nivel Nacional,CONSIDERANDOQue es política dei Estado propiciar condiciones económicas favorables para la vida de los ciudadanos, fortaleciendo el bienestar social a través del otorgamiento de beneficios socioeconómicos, CONSIDERANDOQue es política del Ejecutivo Nacional instrumentar incentivos fiscales que coadyuven al logro de los fines mencionados en los considerandos anteriores,CONSIDERANDOQue la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Finacieras faculta al Ejecutivo Nacional para exonerar total o parcialmente del impuesto a las transacciones realizadas por determinados sujetos, segmentos o sectores económicos del país, dentro de las medidas de política fiscal aplicables de conformidad con la situación coyuntural, sectorial y regional de la economía del pals.DECRETAArticulo 1°. Se exonera del pago del impuesto a las grandes transaciones financieras los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos vatores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, asi como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas vatores, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.Artículo 2°. A los fines del disfrute del beneficio de exoneración previsto en el artícuto anterior, tos adquirientes deben presentar ante tos bancos y demás instituciones financieras los siguientes recaudas: l. Documento emitido por tos intennediarios autorizados para realizar operactones en la bolsa de vatores, en el aial se señale: a) número de la operación asignado por la correspondiente bolsa de valores, b) los títutos negociados, c) el corredor intennediario, d) el monto de la operación v e) el adquinente de tos títulos; acompañado del documento que avate la transacción, emitido por la bolsa de vatores respectiva.2. Declaración jurada en la que conste que el débito en cuenta o billetera se efectúa exdusivainente para la adquisición de títutos o bonos emitidos o avalados por la Republica o el Banco Central de venezuela, acompañada de la confirmación por la fransferencia de tos títulos, emitida por intermediarios.Articulo 3°. Las bolsas de valores nacionales y los intermediarios bursátiles autorizados, además de cumplir con lo previsto en el artículo anterior, deberán informar a la Gerencia de Recaudación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, sobre las cuentas o billeteras que utilizarán para procesar las operaciones de adquisición de títulos, declarando bajo fe de juramento que las mismas serán destinadas únicamente a la realización de las referidas operaciones.Articulo 4°. Perderán el beneficio de exoneración previsto en el artículo 1° de este Decreto, los beneficiários que no cumplan con las obligaciones establecidas en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario y la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.Articulo 5°. De conformidad con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, no están sujetas al pago del impuesto, enü-e otras^ las siguientes operaciones:1. Operaciones cambiarías realizadas por personas naturales y jurídicas.2. Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.3. Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están clasificados como sujetos pasivos especiales.4. Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.Articulo 6°. El Ministerio del Poder Popular de Economia, Finanzas y Comercio Exterior queda encargado de la ejecución de este Decreto.Artículo 7°. Este Decreto tendrá una vigencia de un (01) año, contado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.Artículo 8°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.Dado en Caracas, a los veintícinco días del mes de febrero de dos mil veintidós. Año 211° de la Independencia, 162° de la Federación y 23° de la Revolución Bolivariana.Ejecútese,RefrendadoLa Vicepresidenta Ejecutiva de la República Bolivariana deVenezuela y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros(L.S.)DELCY ELOYNA RODRÍGUEZ GÓMEZRefrendado#gaceta-oficial #gaceta-oficial #Gaceta-oficial-venezuela

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#Audio Ley de Registros y Notarías Gaceta Oficial N° 6.668 Extraordinario del 16 de diciembre de 2021

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Play Episode Listen Later Jan 4, 2022 177:17


Ley de Registros y Notarías Gaceta Oficial N° 6.668 Extraordinaria del 16 de diciembre de 2021LA ASAMBLEA NACIONALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,Decretaley-de-registros-y-notarias-2021ley de registros y notarias 2021La siguiente,LEY DE REGISTROS Y NOTARÍASArtículo 1. Se modifica el artículo 29, quedando redactado de la siguiente forma:HabilitaciónArtículo 29. La habilitación de las horas del despacho se hará sólo en caso de urgencia jurada y comprobada por la Registradora y Registrador o Notaria Pública o Notario Público, quienes deberán inscribir, protocolizar o autenticar los documentos o actos en un plazo menor a tres días, en los siguientes casos: La inscripción de testamentos abiertos o cerrados. Los títulos o certificados académicos, científicos, eclesiásticos y los despachos militares. Las legalizaciones. Las autorizaciones de niñas, niños o adolescentes para viajar. La inscripción de demandas y poderes, así como la sustitución, renuncia y revocatorias de los mismos en materia laboral. La designación de tutores, curadores o consejeros de tutela. Las actas de remate. Las copias certificadas de los libelos de demanda para interrumpir la prescripción y surtir otros efectos. Los poderes, sustituciones, renuncias y revocatorias de los mismos. Los documentos que contengan declaraciones de limitaciones, transmisiones, derecho de retracto, renuncias o gravámenes de la propiedad. Los decretos de interdicción e inhabilitación civil. Los protestos de cheques, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio. La certificación de gravámenes. Las copias certificadas de todos aquellos actos o instrumentos que reposen en los archivos de los Registros y Notarías. Los demás que establezcan las leyes y las providencias emanadas de la máxima autoridad del Servicio Autónomo de Registros y Notarías. En los casos de los numerales 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 14 y 15, se requerirá el pago de hasta seis unidades de petro (6 PTR) adicionales, de conformidad con la providencia que al efecto dicte la Directora o Director General del Servicio Autónomo de Registros y Notarías.Los montos previstos en este artículo se pagarán en bolívares al valor del petro vigente a la fecha de la solicitud.Artículo 2. Se modifica el artículo 83, quedando redactado de la siguiente forma:Tasas por concepto de prestación de servicioArtículo 83. El Servicio Autónomo de Registros y Notarías, así como las oficinas de Registros Principales y Registros Públicos, cobrarán las siguientes tasas por concepto de prestación de servicio: Hasta cinco décimas de petro (0,5 PTR) por el primer año y hasta una unidad de petro (PTR) por cada uno de los años siguientes, por la solicitud de documentos o expedientes, cuando no se indique con exactitud el nombre del otorgante, el año en que se otorgó el documento y la oficina en que se registró.Cuando se dieren estas indicaciones nada se cobrará al interesado, a menos que se encuentre el documento sin estar de acuerdo con los datos suministrados. Hasta una unidad y media de petro (1,5 PTR) por el primer año y hasta tres décimas de petro (0,30 PTR) por cada uno de los años siguientes, que abarque las averiguaciones que deban llevarse en los libros o registros electrónicos, para certificar si una propiedad ha sido o no hipotecada o gravada en cualquier otra forma o si ha sido enajenada. Los mismos derechos se cobrarán por certificar si existe registrado cualquier acto, título o contrato del que se pida constancia. Hasta una unidad de petro (1 PTR) por la certificación que se expida de los expedientes, planos o documentos de cualquier especie archivados o inscritos en la respectiva oficina. Hasta dos décimas de petro (0,20 PTR) por el primer folio y hasta una décima de petro (0,10 PTR) por cada uno de los siguientes, por las copias certificadas de documentos inscritos. Hasta una décima de petro (0,10 PTR) por cada folio de las copias o reproducciones simples de los documentos inscritos. Hasta una unidad de petro (1 PTR) por la comprobación o legalización de cada firma ante los Registros Principales y hasta dos unidades de petro (2 PTR) por la legalización de firmas de los Registradores Principales ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías. Como derecho de procesamiento de documentos de venta, constitución de hipotecas; parcelamiento, cesiones; dación o aceptación en pago, permutas, adjudicaciones de bienes inmuebles en remate judicial, particiones de herencias, de sociedades o de compañías y cualquier otro contrato o transacción en que la prestación consista como arrendamientos, rentas vitalicias, censos, servidumbres y otros semejantes, aportaciones de bienes inmuebles, muebles u otros derechos para la constitución de sociedades:a. Hasta quinientas unidades de petro (500 PTR), el cero coma cincuenta por ciento (0,50%).b. Desde quinientas una unidad de petro (501 PTR) hasta mil unidades de petro (1.000 PTR), el uno por ciento (1 %).c. Más de mil unidades de petro (1.001 PTR) en adelante, el dos por ciento (2%). Hasta quinientas unidades de petro (500 PTR), el cero coma cincuenta por ciento (0,50%). Desde quinientas una unidad de petro (501 PTR) hasta mil unidades de petro (1.000 PTR), el uno por ciento (1 %). Más de mil unidades de petro (1.001 PTR) en adelante, el dos por ciento (2%). Hasta cuatro décimas de petro (0,40 PTR) por cada folio de los documentos presentados para su inscripción por concepto de gastos del servicio de fotocopiado. Hasta dos décimas de petro (0,20 PTR) por cada testigo instrumental designado por la Registradora o Registrador, si la interesada o interesado no lo presenta. Hasta una unidad de petro (1 PTR) por los recaudos que deben agregarse al cuaderno de comprobantes. Hasta dos unidades de petro (2 PTR) por el primer folio y hasta ocho décimas de petro (0,80 PTR) por los folios siguientes, por la transcripción de un documento manuscrito al sistema computarizado o por su digitalización. Hasta ocho décimas de petro (0,80 PTR) por cada nota que deba estamparse al margen de los contratos y actos inscritos anteriormente, de conformidad con las disposiciones del Código Civil o leyes especiales. Hasta ocho décimas de petro (0,80 PTR) por la cita que deba hacerse en las notas de registro cuando se trate de actos traslativos de la propiedad de inmuebles o derechos reales sobre los mismos, o que impongan gravámenes o limitaciones sobre los mismos bienes y el interesado no indique el o los títulos de propiedad inmediatamente anteriores. Hasta dos unidades de petro (2 PTR) por el registro de poderes especiales y generales e iguales derechos por el de sus respectivas sustituciones, revocatorias y renuncias; así como la misma cantidad por todo contrato, transacción o acto que verse sobre derechos no apreciables en dinero. Hasta dos décimas de petro (0,20) por la inscripción de los títulos y certificados académicos, científicos y eclesiásticos, así como los despachos militares. Como derecho de procesamiento por la inscripción de asociaciones y sociedades civiles: por un folio, hasta dos petros (2 PTR); por dos folios, hasta tres petros (3 PTR); por tres folios, hasta cinco petros (5 PTR); por cuatro folios, hasta siete petros (7 PTR); por cinco folios, hasta nueve petros (9 PTR); por seis folios, hasta once petros (11 PTR); y por más de seis folios, hasta trece petros (13 PTR). Por el derecho de procesamiento por la inscripción de sentencias de divorcio, separaciones de cuerpos, y nulidad del matrimonio: por un folio, hasta dos petros (2 PTR); dos folios, hasta tres petros (3 PTR); tres folios, hasta cuatro petros (4 PTR); cuatro folios, hasta cinco petros (5 PTR); cinco folios, hasta seis petros (6 PTR); seis folios, hasta siete petros (7 PTR); y más de seis folios, hasta ocho petros (8 PTR). Hasta cinco unidades de petro (5 PTR) por el sellado de libros. Como derecho de procesamiento de inscripción de capitulaciones matrimoniales, hasta cincuenta unidades de petro (50 PTR). Hasta cuatro unidades de petro (4 PTR) por el primer folio y hasta una unidad de petro (1 PTR) por cada uno de los siguientes, por la protocolización de los testamentos abiertos. En caso de testamentos cerrados hasta cinco unidades de petro (5 PTR), por la protocolización. Hasta cinco unidades de petro (5 PTR) por el derecho de procesamiento por la inscripción de mejoras y bienhechurías y sentencias de título supletorio. Hasta cinco unidades de petro (5 PTR) por la venta de derechos y acciones.ÚNICA: La providencia que establezca las tasas aplicables a los supuestos previstos en esta Ley, será dictada por el Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Asamblea nacional dentro de los quince (15) días siguientes a su publicación#venezuela #gacetaoficial, gaceta-oficial, gacetaoficial2021, gaceta-oficial-de-venezuela, gaceta-oficial-de-hoy, venezuela, podcast, tugacetaoficial, tu-gaceta-oficial, ley de registros y notarias 2021https://tugacetaoficial.com/ley-de-registros-y-notarias-2021/https://tugacetaoficial.com/leyes/ley-de-registros-y-notarias-16-de-diciembre-de-2021-texto-gaceta/https://instagram.com/gaceta.oficialhttps://twitter.com/gacetaoficial

Radio Unse podcast
A un año de la Ley de Cupo Laboral Trans hay más de 200 personas trabajando en el Ejecutivo Nacional

Radio Unse podcast

Play Episode Listen Later Sep 7, 2021 7:35


Dialogamos en Agenda Propia con Alba Rueda, subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidades. Dijo que ese es el número de mínima ya que “hay personas trans ya incorporadas en distintos ámbitos del sector público nacional” y también en las provincias. Se avanza en una investigación para conocer los datos desagregados en las distintas localidades. Escuchá aquí la nota completa y cuáles son los objetivos para el futuro.

Día a Día con César Miguel Rondón
Día a Día con César Miguel Rondón (1 de septiembre del 2021)

Día a Día con César Miguel Rondón

Play Episode Listen Later Sep 1, 2021 86:02


Hoy en Día a Día, comenzamos conversando con el reportero de The Washington Post, Will Englund, sobre los daños causados por el huracán Ida en EE.UU: “Se estima que los ciudadanos de Nueva Orleans estarán sin electricidad entre 3 y 4 semanas… La gente no tendrá refrigeradores, aire acondicionado y las estaciones de gasolina no podrán bombear combustible”, dijo. Con el analista político y especialista en negociación y manejo de conflictos, Igor Cuotto Arellano, hablamos sobre la decisión de la Plataforma Unitaria de participar en las próximas elecciones: “La pregunta es para qué se está participando: ¿Para ganar unas alcaldías y gobernaciones? ¿Para demostrar que somos mayoría los que queremos un cambio político en el país?... Dependiendo del objetivo de participar en las elecciones también va a depender el discurso de la oposición”, explicó. Arellano destacó “Si se genera una expectativa de que con estas elecciones vamos a solucionar los problemas del país, hay que tener cuidado porque probablemente esa expectativa no se cumpla”. El director Ejecutivo Nacional de Médicos Unidos de Venezuela, Jaime Lorenzo, nos habló sobre la petición de la ONG al gobierno a que declare la emergencia nacional tras la expansión de la variante Delta: “Con la llegada de la pandemia, todas las fallas del sistema de salud se han elevado exponencialmente y no hay una respuesta adecuada… Esta variante bien podría ser una variante propia de Venezuela, porque los virus están mutando en todos los países”, dijo, y destacó: “Los antivacunas no tienen un terreno fértil en Venezuela. Más bien tenemos a una ciudadanía que cree que la vacuna es la respuesta para parar esta enfermedad”. Desde Quito nos atendió el reportero de Teleamazonas, Fausto Yépez, para hablarnos sobre el expresidente del Banco Central de Ecuador: “Pedro Delgado Campaña era un funcionario primo del expresidente Correa… Semanas antes de que Delgado Campaña saliera del país, se denunciaron algunos temas de corrupción que lo vinculaban directamente, como la falsificación de su título de economista”, explicó. Sobre el informe de gobierno del presidente López Obrador, conversamos con el analista Internacional Fausto Pretelin: “México sigue estando en una situación crítica desde el punto de vista de la seguridad… A pesar de lo que dice López Obrador, ahora hay más pobres, hay más inseguridad y no hay estrategia contra el crimen organizado”, comentó. Pretelin añadió que “Lo peor de todo es que la gente que ha estado al frente de esta crisis sanitaria en México han sido personas mediocres y mentirosas”. Y para cerrar, el sociólogo especializado en Medio Oriente, Kevin Ary Levin, nos habló sobre la situación entre Afganistán y EE.UU: “El gobierno estadounidense destacó que a pesar de que la presencia estadounidense en el país se termina, EE.UU cuenta con las herramientas para proteger a esas personas que están afuera… Los esfuerzos de evaluación, aunque fueron más de 120.000 personas en pocos días, muestran cierto grado de improvisación”, dijo.

SAG-AFTRA en Español
Entrevista Exclusiva con Nuevo Director Ejecutivo Nacional de SAG-AFTRA

SAG-AFTRA en Español

Play Episode Listen Later Jun 1, 2021 27:09


Duncan Crabtree-Ireland abandona su papel de co-anfitrión para ofrecer su primera entrevista como Director Ejecutivo Nacional designado de SAG-AFTRA. Conoce sobre su trayectoria profesional que le ha posicionado como candidato ideal y sus planes para el futuro del sindicato en este episodio del podcast.

Encuentro Nacional
Telecomunicaciones: El Enacom va a la Corte para el cumplimiento del decreto

Encuentro Nacional

Play Episode Listen Later May 13, 2021 10:31


El vicepresidente de Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Gustavo López anunció que presentarán un recurso extraordinario junto a organizaciones de consumidores por la suspensión del decreto del Ejecutivo Nacional que declaró a las telecomunicaciones como servicio público y esencial. Asimismo, López negó que Telecom (la empresa litigante del Grupo Clarín) pierda dinero e informó que "durante el primer trimestre de este año, tuvieron un aumento del 247 por ciento en sus ganancias". Además, señaló que la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que admitió una presentación de Clarín y decretó una medida cautelar en su favor que suspende temporalmente los artículos 1 al 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia, "en su fallo nunca nombra a los consumidores".

Chistes y Mas!!
El Noticiero Ejecutivo Nacional

Chistes y Mas!!

Play Episode Listen Later May 9, 2021 17:30


Ahora nos toco hacerla de reporteros jejeje ches jaladas!!

Encuentro Nacional
El proyecto de ley que fija criterios claros para tomar medidas sanitarias

Encuentro Nacional

Play Episode Listen Later Apr 30, 2021 7:38


El diputado y presidente de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados de la Nación, Pablo Yedlin, se comunicó con el equipo de Encuentro Nacional para detallar sobre el proyecto de ley que se enviará al Congreso de la Nación, a través del cual se busca establecer “criterios científicos claros y precisos” para que el Ejecutivo Nacional, como los gobiernos provinciales, tengan la potestad de adoptar “restricciones y medidas de cuidado” tendientes para mitigar la pandemia de coronavirus. https://youtu.be/0Zph1fT5PAk

Encuentro Nacional
Piden juicio político contra los jueces de la Cámara de Apelaciones porteña

Encuentro Nacional

Play Episode Listen Later Apr 19, 2021 13:17


La legisladora del Frente de Todos, Lorena Pokoik se refirió al pedido de juicio político contra los jueces de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones porteña, que fallaron a favor del reclamo de las clases presenciales, desconociendo el DNU del Ejecutivo Nacional. En ese sentido, la también vicepresidenta del Partido Justicialista de la Ciudad de Buenos Aires, señaló que se trata de un fallo inconstitucional, aseguró que en el distrito que gobierna Horacio Rodríguez Larreta se vive una "autocracia", denunció "sedición" por parte de la oposición, y aseguró que "la ciudadanía requiere de una dirigencia que esté a la altura de las circunstancias".  

Encuentro Nacional
Recuerdan que la Ciudad debe garantizar la conectividad

Encuentro Nacional

Play Episode Listen Later Apr 16, 2021 9:21


La jueza Elena Liberatori opinó acerca del recurso de amparo presentado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ante la Corte Suprema de Justicia por las suspención por 15 días de las clases presenciales en el AMBA por parte del Ejecutivo Nacional en el marco de la segunda ola de coronavirus. En ese sentido recordó que el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta debía garantizar la conectividad de los alumnos, y que fue asistido en ese sentido por el gobierno nacional. En tanto, explicó que la Ciudad no tiene las mismas atribuciones que las provincias, y se preguntó por qué este distrito no planteó la esencialidad de las presenciales durante todo este tiempo. Además, señaló algunas de las "inconsistencias" en materia educativa de CABA, como garantizar las vacantes en las escuelas.  

Pase lo que pase
Hospital Evita de Lanús: crece la internación de menores de 40 años

Pase lo que pase

Play Episode Listen Later Apr 15, 2021 7:47


El directo del hospital Evita de Lanús, Javier Maroni sostuvo que recibieron "positivamente" las medidas del Ejecutivo Nacional por la segundo ola de coronavirus, debido a que "la baja circulación es la que ayuda a que desciendan los contagios", señaló que "la oposición rechaza todas las medidas de cuidado", y consideró que "la desinformación de los medios es un delito, un atentado a la salud pública". En tanto, informó que las camas del nosocomio registran un "90 por ciento de ocupación", remarcó que observan una creciente "internación de menores de 40 años", y advirtió que los niños también son vulnerables al virus.  

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Portal de Opinión
Avance del ejecutivo nacional sobre la justicia

Portal de Opinión

Play Episode Listen Later Mar 4, 2021 14:51


El prestigioso abogado Eduardo Capdevila, dialogó con "90 Minutos" de radio Única Punilla, sobre el avance que pretende realizar el ejecutivo nacional sobre la justicia argentina.

Un siglo de radio
Teresa Parodi desde el auditorio y compañeras de distintas emisoras del país

Un siglo de radio

Play Episode Listen Later Oct 18, 2020 109:16


En esta edición de Un Siglo de Radio, un domingo a puro Teresa Parodi, con una selección especial de la presentación de su álbum Corazón de pájaro en el auditorio de LRA1 Nacional Buenos Aires el 13 de mayo de 2010. Charlamos con la actriz María Elena Troncoso, quien además es egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, doctora en Artes por la Facultad de Artes, y la actual directora de LRA7 Nacional Córdoba. Troncoso contó que desde el primer día que asumió ante la emisora tuvo que gestionar bajo las medidas tomadas por el Ejecutivo Nacional en relación pandemia del coronavirus, pero destacó la alegría de ocupar el cargo, la responsabilidad de informar, y de ser una actividad esencial. Quien fuera la subsecretaria de Cultura Pública y Creatividad del Ministerio de Cultura de la Nación Argentina (2005), y directora Nacional de Acción Federal Secretaría de Cultura de la Nación 2011-2014; contó la tarea que se lleva adelante en pos de la reconstrucción de la radio, golpeada tras la gestión bajo el gobierno de Mauricio Macri, y la recuperación de su auditorio, considerado uno de los mejores de las emisoras de todo el país. También, Nélida López, la locutora de LRA17 Nacional Zapala (Neuquén), con 28 años de servicio, contó la importancia que tiene en su vida la emisora. "Tenemos la responsabilidad de ser el teléfono de nuestros vecinos del ámbito rural", sostuvo en relación al servicio de mensaje al poblador. Un diálogo con la locutora de LRA28 Nacional La Rioja, Karina Tejada Roldán, y un fragmento de su participación en la Entrevista Federal a Víctor Hugo Morales. Roldán, quien ingresó a Nacional el 1 de diciembre de 1989, confesó tener "un amor de toda la vida" con la emisora, y destacó la reciprocidad y cariño con los oyentes, y los artistas. Además, Cristina Bond de LT12 General Madariaga (Paso de los Libres, Corrientes) con 27 años de servicio, compartió un diálogo con Osvaldo Ortíz Alsogaray acerca de la situación por el coronavirus en Curuzú Cuatiá. Por último, un adelanto de lo que será el especial sobre Nini Marshall este domingo 25 de octubre. Conducción: Eddie Babenco - Gustavo Campana Producción: Patricio Schultze Operación Técnica: Horacio Prado  

DILEMAS TRIBUTARIOS
MEDIDAS DE ALIVIO FISCAL

DILEMAS TRIBUTARIOS

Play Episode Listen Later Aug 28, 2020 10:59


Analizamos aquí las medidas de alivio fiscal anunciadas por el Ejecutivo Nacional, si estas medidas son las esperadas y cuáles son las medidas que ha podido y puede tomar.

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast
Decreto 4.160. Se decreta el Estado de Alarma en el Territorio Nacional por el Covid-19 AudioLey.com

@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast

Play Episode Listen Later Mar 21, 2020 36:22


Gaceta Oficial 6519 del 13 marzo 2020SUMARIOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 4.160, mediante el cual se decreta el Estado de Alarma en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana, a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19) y sus posibles cepas, garantizando la atención oportuna, eficaz y eficiente de los casos que se originen.http://gacetaoficial.tuabogado.com/gaceta-oficial/decada-2020/2020/gaceta-oficial-6519-del-13-marzo-2020

La pastilla de Gamera
El Diario de Gamera - Noticias del Fin del Mundo

La pastilla de Gamera

Play Episode Listen Later Sep 13, 2019 10:39


Llegó el viernes y también la pastilla de Gamera. En este episodio, Gastón Lodos y Luz Scarpati recorren algunos de los temas que marcan la agenda de hoy. Les candidates vuelven al ruedo con declaraciones fuertes de cara a octubre: Hoy Pablo Blanco candidato por el oficialismo nacional que defendió la gestión macrista. Por otro lado, el INDEC difundió el índice inflacionario de agosto y quedó claro que el impacto de la devaluación del mes pasado fue muy alto. Y vinculado con ese tema abren un investigación para ver si el Ejecutivo Nacional impulsó el incremento de la divisa extrajera después del resultado adverso de las PASO. #DalePlay. Mantene informado. Cuando quieras. Como quieras.

La pastilla de Gamera
El Diario de Gamera - Noticias del Fin del Mundo

La pastilla de Gamera

Play Episode Listen Later Sep 4, 2019 12:03


En esta pastilla informativa, Gastón Lodos y Luz Scarpati abordan varios temas de la agenda provincial. Por un lado la falta de resolución de los pedidos de jury por parte del Consejo de la Magistratura y por otro lado las acciones de la Provincia contra el decreto que autorizó los vuelos entre las Islas Malvinas y Córdoba. Por otro lado, en el ámbito nacional las declaraciones de Hernán Lacunza, ministro de Economía, que habló sobre la efectividad de las restricción cambiaria, medida dispuesta por el Ejecutivo Nacional después de más de tres años de cuestionar el cepo. #DalePlay y no te quedes afueras